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  1. Sesión 1 · Parte 1 · ≈ 6 minFicha de la obra
  2. Sesión 2 · Parte 1 · ≈ 6 minCarta 1
  3. Sesión 3 · Parte 1 · ≈ 6 minCarta 4
  4. Sesión 4 · Parte 1 · ≈ 7 minCarta 6
  5. Sesión 5 · Parte 1 · ≈ 6 minVI. Los presbíteros y diáconos no deben ser ordenados en días feriales, como tampoco los obispos
  6. Sesión 6 · Parte 1 · ≈ 6 minII. Deben observarse días fijos para la ordenación de presbíteros y diáconos
  7. Sesión 7 · Parte 1 · ≈ 7 minII. Hilario perturba la paz de la Iglesia con su insubordinación
  8. Sesión 8 · Parte 1 · ≈ 6 minV. La actuación de Hilario fue muy reprensible en todo, y hemos restituido a Projecto
  9. Sesión 9 · Parte 1 · ≈ 3 minIX. Leoncio es nombrado en lugar de Hilario
  10. Sesión 10 · Parte 2 · ≈ 8 minCarta 12
  11. Sesión 11 · Parte 2 · ≈ 6 minV. Distingue entre los laicos que han sido elevados al episcopado y los clérigos bígamos, perdonando a aquéllos y no a éstos
  12. Sesión 12 · Parte 2 · ≈ 8 minXI. Las vírgenes forzadas contra su voluntad deben ser tratadas de manera algo distinta de las demás, pero no se les ha de negar la Comunión
  13. Sesión 13 · Parte 2 · ≈ 6 minIII. Han de observarse los derechos de los metropolitanos bajo el vicariato de Anastasio
  14. Sesión 14 · Parte 2 · ≈ 3 minXII. En caso de divergencia de opinión entre el Vicario y los obispos, debe consultarse al obispo de Roma. Expónese la subordinación de las autoridades en la Iglesia
  15. Sesión 15 · Parte 3 · ≈ 6 minCarta 15
  16. Sesión 16 · Parte 3 · ≈ 6 minIII. (2) Refútase su fantasía sobre las virtudes que proceden de Dios
  17. Sesión 17 · Parte 3 · ≈ 7 minVIII. (7) Se condena su rechazo del matrimonio
  18. Sesión 18 · Parte 3 · ≈ 7 minXIV. (13) Se rechaza su fantástica división de las Escrituras
  19. Sesión 19 · Parte 3 · ≈ 6 minEl cuerpo de Cristo descansó realmente en el sepulcro y realmente resucitó
  20. Sesión 20 · Parte 3 · ≈ 7 minIII. Es preciso distinguir una fiesta de otra en cuanto a dignidad y ocasión
  21. Sesión 21 · Parte 3 · ≈ 6 minV. El ejemplo de San Pedro como autoridad para los bautismos de Pentecostés
  22. Sesión 22 · Parte 4 · ≈ 7 minCarta 17
  23. Sesión 23 · Parte 4 · ≈ 6 minII. Los presbíteros que cedieron, que sean degradados con el usurpador al último lugar: los demás conservarán sus puestos
  24. Sesión 24 · Parte 4 · ≈ 6 minIII. Apela a León en busca de protección
  25. Sesión 25 · Parte 4 · ≈ 6 minIII. Se expone la herejía de Eutiques
  26. Sesión 26 · Parte 4 · ≈ 6 minI. Alaba la piedad del Emperador y menciona la apelación de Eutiques
  27. Sesión 27 · Parte 4 · ≈ 9 minIII. Acusa recibo de la carta de León
  28. Sesión 28 · Parte 4 · ≈ 7 minIII. Se exponen la fe y el consejo de Dios acerca de la encarnación del Verbo
  29. Sesión 29 · Parte 4 · ≈ 6 minV. Se prueba por la Escritura que la carne de Cristo es real
  30. Sesión 30 · Parte 4 · ≈ 3 minVI. La concesión errónea y perjudicial de Eutiques. Las condiciones bajo las cuales puede ser readmitido a la comunión. El envío de representantes al Oriente
  31. Sesión 31 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 29
  32. Sesión 32 · Parte 5 · ≈ 7 minIII. De la unión de las dos naturalezas fluye la gracia del bautismo. Hace un llamamiento directo a Pulqueria para que le ayude
  33. Sesión 33 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 33
  34. Sesión 34 · Parte 5 · ≈ 8 minCarta 35
  35. Sesión 35 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 37
  36. Sesión 36 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 42
  37. Sesión 37 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 44
  38. Sesión 38 · Parte 6 · ≈ 6 minCarta 45
  39. Sesión 39 · Parte 6 · ≈ 6 minII. Elogia el celo de León contra los maniqueos y, últimamente, contra el eutiquianismo, como se evidencia especialmente en el Tomo
  40. Sesión 40 · Parte 6 · ≈ 7 minVII. Estando él mismo impedido, ha enviado delegados a defender su causa
  41. Sesión 41 · Parte 6 · ≈ 6 minIII. Perfecto Dios y perfecto hombre se unieron en Cristo
  42. Sesión 42 · Parte 6 · ≈ 6 minV. Se reafirma la verdadera doctrina de la Encarnación y se la encomienda a su custodia
  43. Sesión 43 · Parte 6 · ≈ 6 minCarta 68
  44. Sesión 44 · Parte 6 · ≈ 6 minII. Promete aceptar a Anatolio cuando haga esta confesión y pide un concilio en Italia para definir finalmente la fe
  45. Sesión 45 · Parte 6 · ≈ 5 minCarta 80
  46. Sesión 46 · Parte 7 · ≈ 7 minCarta 82
  47. Sesión 47 · Parte 7 · ≈ 6 minCarta 88
  48. Sesión 48 · Parte 7 · ≈ 6 minII. Les ruega que reafirmen la fe tal como se establece en el Tomo
  49. Sesión 49 · Parte 7 · ≈ 6 minIV. Incluso los autores del daño pueden hallar lugar para el perdón mediante el arrepentimiento
  50. Sesión 50 · Parte 7 · ≈ 7 minIV. Anuncian su decisión de que Constantinopla tenga la precedencia después de Roma, y piden el consentimiento de León
  51. Sesión 51 · Parte 7 · ≈ 7 minII. Consideradas todas las circunstancias, era de esperar que Anatolio mostrase más modestia
  52. Sesión 52 · Parte 7 · ≈ 5 minII. Los cánones nicenos son inalterables y obligan universalmente
  53. Sesión 53 · Parte 8 · ≈ 6 minCarta 106
  54. Sesión 54 · Parte 8 · ≈ 6 minIV. Los cánones nicenos son de aplicación universal y no han de torcerse a interpretaciones privadas
  55. Sesión 55 · Parte 8 · ≈ 6 minIII. La penitencia solo es segura en esta vida
  56. Sesión 56 · Parte 8 · ≈ 7 minIII. Envía una carta de san Atanasio para mostrar que la herejía actual no es sino un resurgimiento de herejías ya refutadas
  57. Sesión 57 · Parte 8 · ≈ 6 minIII. Pide más información sobre los disturbios en Palestina y en Egipto
  58. Sesión 58 · Parte 8 · ≈ 6 minIV. Aecio debe contentarse por ahora con el favor del Emperador
  59. Sesión 59 · Parte 8 · ≈ 6 minIV. Son vanos los intentos de Anatolio de subvertir las decisiones de Nicea
  60. Sesión 60 · Parte 8 · ≈ 7 minII. La victoria de Cristo ha ganado a muchos para la fe
  61. Sesión 61 · Parte 8 · ≈ 3 minV. La ortodoxia de Teodoreto ha sido feliz y plenamente vindicada
  62. Sesión 62 · Parte 9 · ≈ 7 minCarta 123
  63. Sesión 63 · Parte 9 · ≈ 6 minIII. El reconocimiento de nuestra naturaleza en Cristo es necesario para la ortodoxia
  64. Sesión 64 · Parte 9 · ≈ 6 minVI. No hay confusión de las dos naturalezas en Cristo
  65. Sesión 65 · Parte 9 · ≈ 6 minVIII. Protesta contra su infidelidad e inconsecuencia en esta materia
  66. Sesión 66 · Parte 9 · ≈ 6 minII. Que fortalezca a los fieles con la lectura pública de citas de los Padres sobre la cuestión y del Tomo
  67. Sesión 67 · Parte 9 · ≈ 6 minII. Que se fortalezca en su fe por las santas asociaciones del lugar donde vive
  68. Sesión 68 · Parte 9 · ≈ 6 minII. La propuesta de reconsiderar la cuestión procede del Anticristo o del diablo mismo
  69. Sesión 69 · Parte 9 · ≈ 4 minVI. Promete enviar posteriormente declaraciones más detalladas sobre la fe, y le ruega que corrija ciertas cosas en las que Anatolio es negligente
  70. Sesión 70 · Parte 10 · ≈ 6 minCarta 159
  71. Sesión 71 · Parte 10 · ≈ 7 minVIII. Sobre el bautismo administrado por herejes
  72. Sesión 72 · Parte 10 · ≈ 7 minIV. Debe obligarse a los herejes a renunciar a sus usurpaciones y dejarse al juicio de Dios
  73. Sesión 73 · Parte 10 · ≈ 7 minIV. Si ha de ejercerse la misericordia divina, los herejes deben abandonar por completo el error de sus caminos
  74. Sesión 74 · Parte 10 · ≈ 6 minII. El bautismo administrado por herejes no debe invalidarse con un segundo bautismo
  75. Sesión 75 · Parte 10 · ≈ 6 minCuestión 2
  76. Sesión 76 · Parte 10 · ≈ 6 minCuestión 13
  77. Sesión 77 · Parte 10 · ≈ 5 minIII. No debe accederse a la petición de indulgencia de Timoteo en razón de su ortodoxia

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    TEXTOS — LEÓN MAGNO

    Índice de la obra

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    Cartas (con el Tomo a Flaviano)

    Siglo V · Traducción castellana directa de la versión inglesa de las Nicene and Post-Nicene Fathers46 minPosición: 0% de esta parteParte 10 de 10 · Carta 159Publicado el Actualizado el Ref. ESC-LEO-02

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    1. Sesión 1 · Parte 1 · ≈ 6 minFicha de la obra
    2. Sesión 2 · Parte 1 · ≈ 6 minCarta 1
    3. Sesión 3 · Parte 1 · ≈ 6 minCarta 4
    4. Sesión 4 · Parte 1 · ≈ 7 minCarta 6
    5. Sesión 5 · Parte 1 · ≈ 6 minVI. Los presbíteros y diáconos no deben ser ordenados en días feriales, como tampoco los obispos
    6. Sesión 6 · Parte 1 · ≈ 6 minII. Deben observarse días fijos para la ordenación de presbíteros y diáconos
    7. Sesión 7 · Parte 1 · ≈ 7 minII. Hilario perturba la paz de la Iglesia con su insubordinación
    8. Sesión 8 · Parte 1 · ≈ 6 minV. La actuación de Hilario fue muy reprensible en todo, y hemos restituido a Projecto
    9. Sesión 9 · Parte 1 · ≈ 3 minIX. Leoncio es nombrado en lugar de Hilario
    10. Sesión 10 · Parte 2 · ≈ 8 minCarta 12
    11. Sesión 11 · Parte 2 · ≈ 6 minV. Distingue entre los laicos que han sido elevados al episcopado y los clérigos bígamos, perdonando a aquéllos y no a éstos
    12. Sesión 12 · Parte 2 · ≈ 8 minXI. Las vírgenes forzadas contra su voluntad deben ser tratadas de manera algo distinta de las demás, pero no se les ha de negar la Comunión
    13. Sesión 13 · Parte 2 · ≈ 6 minIII. Han de observarse los derechos de los metropolitanos bajo el vicariato de Anastasio
    14. Sesión 14 · Parte 2 · ≈ 3 minXII. En caso de divergencia de opinión entre el Vicario y los obispos, debe consultarse al obispo de Roma. Expónese la subordinación de las autoridades en la Iglesia
    15. Sesión 15 · Parte 3 · ≈ 6 minCarta 15
    16. Sesión 16 · Parte 3 · ≈ 6 minIII. (2) Refútase su fantasía sobre las virtudes que proceden de Dios
    17. Sesión 17 · Parte 3 · ≈ 7 minVIII. (7) Se condena su rechazo del matrimonio
    18. Sesión 18 · Parte 3 · ≈ 7 minXIV. (13) Se rechaza su fantástica división de las Escrituras
    19. Sesión 19 · Parte 3 · ≈ 6 minEl cuerpo de Cristo descansó realmente en el sepulcro y realmente resucitó
    20. Sesión 20 · Parte 3 · ≈ 7 minIII. Es preciso distinguir una fiesta de otra en cuanto a dignidad y ocasión
    21. Sesión 21 · Parte 3 · ≈ 6 minV. El ejemplo de San Pedro como autoridad para los bautismos de Pentecostés
    22. Sesión 22 · Parte 4 · ≈ 7 minCarta 17
    23. Sesión 23 · Parte 4 · ≈ 6 minII. Los presbíteros que cedieron, que sean degradados con el usurpador al último lugar: los demás conservarán sus puestos
    24. Sesión 24 · Parte 4 · ≈ 6 minIII. Apela a León en busca de protección
    25. Sesión 25 · Parte 4 · ≈ 6 minIII. Se expone la herejía de Eutiques
    26. Sesión 26 · Parte 4 · ≈ 6 minI. Alaba la piedad del Emperador y menciona la apelación de Eutiques
    27. Sesión 27 · Parte 4 · ≈ 9 minIII. Acusa recibo de la carta de León
    28. Sesión 28 · Parte 4 · ≈ 7 minIII. Se exponen la fe y el consejo de Dios acerca de la encarnación del Verbo
    29. Sesión 29 · Parte 4 · ≈ 6 minV. Se prueba por la Escritura que la carne de Cristo es real
    30. Sesión 30 · Parte 4 · ≈ 3 minVI. La concesión errónea y perjudicial de Eutiques. Las condiciones bajo las cuales puede ser readmitido a la comunión. El envío de representantes al Oriente
    31. Sesión 31 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 29
    32. Sesión 32 · Parte 5 · ≈ 7 minIII. De la unión de las dos naturalezas fluye la gracia del bautismo. Hace un llamamiento directo a Pulqueria para que le ayude
    33. Sesión 33 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 33
    34. Sesión 34 · Parte 5 · ≈ 8 minCarta 35
    35. Sesión 35 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 37
    36. Sesión 36 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 42
    37. Sesión 37 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 44
    38. Sesión 38 · Parte 6 · ≈ 6 minCarta 45
    39. Sesión 39 · Parte 6 · ≈ 6 minII. Elogia el celo de León contra los maniqueos y, últimamente, contra el eutiquianismo, como se evidencia especialmente en el Tomo
    40. Sesión 40 · Parte 6 · ≈ 7 minVII. Estando él mismo impedido, ha enviado delegados a defender su causa
    41. Sesión 41 · Parte 6 · ≈ 6 minIII. Perfecto Dios y perfecto hombre se unieron en Cristo
    42. Sesión 42 · Parte 6 · ≈ 6 minV. Se reafirma la verdadera doctrina de la Encarnación y se la encomienda a su custodia
    43. Sesión 43 · Parte 6 · ≈ 6 minCarta 68
    44. Sesión 44 · Parte 6 · ≈ 6 minII. Promete aceptar a Anatolio cuando haga esta confesión y pide un concilio en Italia para definir finalmente la fe
    45. Sesión 45 · Parte 6 · ≈ 5 minCarta 80
    46. Sesión 46 · Parte 7 · ≈ 7 minCarta 82
    47. Sesión 47 · Parte 7 · ≈ 6 minCarta 88
    48. Sesión 48 · Parte 7 · ≈ 6 minII. Les ruega que reafirmen la fe tal como se establece en el Tomo
    49. Sesión 49 · Parte 7 · ≈ 6 minIV. Incluso los autores del daño pueden hallar lugar para el perdón mediante el arrepentimiento
    50. Sesión 50 · Parte 7 · ≈ 7 minIV. Anuncian su decisión de que Constantinopla tenga la precedencia después de Roma, y piden el consentimiento de León
    51. Sesión 51 · Parte 7 · ≈ 7 minII. Consideradas todas las circunstancias, era de esperar que Anatolio mostrase más modestia
    52. Sesión 52 · Parte 7 · ≈ 5 minII. Los cánones nicenos son inalterables y obligan universalmente
    53. Sesión 53 · Parte 8 · ≈ 6 minCarta 106
    54. Sesión 54 · Parte 8 · ≈ 6 minIV. Los cánones nicenos son de aplicación universal y no han de torcerse a interpretaciones privadas
    55. Sesión 55 · Parte 8 · ≈ 6 minIII. La penitencia solo es segura en esta vida
    56. Sesión 56 · Parte 8 · ≈ 7 minIII. Envía una carta de san Atanasio para mostrar que la herejía actual no es sino un resurgimiento de herejías ya refutadas
    57. Sesión 57 · Parte 8 · ≈ 6 minIII. Pide más información sobre los disturbios en Palestina y en Egipto
    58. Sesión 58 · Parte 8 · ≈ 6 minIV. Aecio debe contentarse por ahora con el favor del Emperador
    59. Sesión 59 · Parte 8 · ≈ 6 minIV. Son vanos los intentos de Anatolio de subvertir las decisiones de Nicea
    60. Sesión 60 · Parte 8 · ≈ 7 minII. La victoria de Cristo ha ganado a muchos para la fe
    61. Sesión 61 · Parte 8 · ≈ 3 minV. La ortodoxia de Teodoreto ha sido feliz y plenamente vindicada
    62. Sesión 62 · Parte 9 · ≈ 7 minCarta 123
    63. Sesión 63 · Parte 9 · ≈ 6 minIII. El reconocimiento de nuestra naturaleza en Cristo es necesario para la ortodoxia
    64. Sesión 64 · Parte 9 · ≈ 6 minVI. No hay confusión de las dos naturalezas en Cristo
    65. Sesión 65 · Parte 9 · ≈ 6 minVIII. Protesta contra su infidelidad e inconsecuencia en esta materia
    66. Sesión 66 · Parte 9 · ≈ 6 minII. Que fortalezca a los fieles con la lectura pública de citas de los Padres sobre la cuestión y del Tomo
    67. Sesión 67 · Parte 9 · ≈ 6 minII. Que se fortalezca en su fe por las santas asociaciones del lugar donde vive
    68. Sesión 68 · Parte 9 · ≈ 6 minII. La propuesta de reconsiderar la cuestión procede del Anticristo o del diablo mismo
    69. Sesión 69 · Parte 9 · ≈ 4 minVI. Promete enviar posteriormente declaraciones más detalladas sobre la fe, y le ruega que corrija ciertas cosas en las que Anatolio es negligente
    70. Sesión 70 · Parte 10 · ≈ 6 minCarta 159
    71. Sesión 71 · Parte 10 · ≈ 7 minVIII. Sobre el bautismo administrado por herejes
    72. Sesión 72 · Parte 10 · ≈ 7 minIV. Debe obligarse a los herejes a renunciar a sus usurpaciones y dejarse al juicio de Dios
    73. Sesión 73 · Parte 10 · ≈ 7 minIV. Si ha de ejercerse la misericordia divina, los herejes deben abandonar por completo el error de sus caminos
    74. Sesión 74 · Parte 10 · ≈ 6 minII. El bautismo administrado por herejes no debe invalidarse con un segundo bautismo
    75. Sesión 75 · Parte 10 · ≈ 6 minCuestión 2
    76. Sesión 76 · Parte 10 · ≈ 6 minCuestión 13
    77. Sesión 77 · Parte 10 · ≈ 5 minIII. No debe accederse a la petición de indulgencia de Timoteo en razón de su ortodoxia

    Carta 159

    Carta 159, encabezado

    León, obispo, a Nicetas, obispo de Aquilea, salud.

    I. Prefacio

    Carta 159, § I

    Mi hijo Adeodato, diácono de nuestra Sede, al regresar a nosotros me ha entregado vuestra petición, amado, de recibir de nosotros la autoridad de la Sede Apostólica sobre asuntos que parecen ciertamente difíciles de decidir, pero a los que debemos proveer en atención a las necesidades de los tiempos, para que las heridas infligidas por los ataques del enemigo sean sanadas principalmente por el ministerio de la religión.

    II. Sobre las mujeres que se volvieron a casar cuando sus maridos fueron hechos prisioneros

    Carta 159, § II

    Pues, como decís que por los desastres de la guerra y por las graves incursiones del enemigo las familias han quedado en ciertos casos tan deshechas que los maridos han sido llevados en cautiverio y sus esposas permanecen abandonadas, y que estas, pensando que sus maridos o habían muerto o nunca serían liberados de sus amos, han contraído otro matrimonio bajo el peso de la soledad, y que, habiendo mejorado ahora el estado de las cosas con la ayuda del Señor, algunos de los que se creía que habían perecido han regresado, parecéis, querido hermano, dudar con razón sobre lo que debe ser decidido por nosotros acerca de las mujeres así unidas a otros maridos. Pero como sabemos que está escrito que «la mujer es unida al hombre por Dios [],» y además conocemos el precepto de que «lo que Dios ha unido, no lo separe el hombre [],» estamos obligados a sostener que el vínculo del matrimonio legítimo debe ser renovado y que, apartados los males infligidos por el enemigo, debe restituirse a cada uno lo que legítimamente tenía; y hemos de poner todo empeño en que cada uno recobre lo suyo.

    III. ¿Es culpable quien ha tomado a la esposa del prisionero?

    Carta 159, § III

    Pero, no obstante, no se le tenga por culpable ni se le trate como usurpador del derecho ajeno a aquel que ocupó el lugar del marido, a quien se creía ya no vivo. Pues así muchas cosas que pertenecían a los llevados en cautiverio pasaron a posesión de otros, y sin embargo es del todo justo que, a su regreso, les sean restituidos sus bienes. Y si esto se observa debidamente en el caso de los esclavos, de las tierras, o incluso de las casas y los bienes muebles, ¿cuánto más debe hacerse en la restitución de las esposas, para que lo que ha sido perturbado por las necesidades de la guerra sea restaurado por el remedio de la paz?

    IV. La esposa debe ser restituida a su primer marido

    Carta 159, § IV

    Y, por tanto, si los maridos que han regresado después de un largo cautiverio sienten aún tal afecto por sus esposas que desean que vuelvan a la unión conyugal, lo que la necesidad produjo debe pasarse por alto y juzgarse sin culpa, y deben satisfacerse las exigencias de la fidelidad.
    Comentario editorial · Cautivos y esposas casadas de nuevo
    Esta carta, fechada el 21 de marzo de 458 en la edición, responde a Nicetas de Aquileya sobre un caso que el propio texto atribuye a «los desastres de la guerra» y a las incursiones del enemigo: maridos llevados al cautiverio y esposas que, creyéndolos muertos, se habían casado de nuevo. León decide que el matrimonio legítimo debe restablecerse (§ II) y que no es culpable quien ocupó el lugar del marido creyéndolo muerto (§ III). Feltoe anota que, a su juicio, el regreso de la esposa dependía de la voluntad del marido y no podía imponerse. El § V manda excomulgar a las mujeres que se nieguen a volver.

    V. Debe excomulgarse a las mujeres que se nieguen a regresar

    Carta 159, § V

    Y si algunas mujeres se hallan tan poseídas por el amor de sus maridos posteriores que prefieren permanecer con ellos antes que volver a sus legítimos esposos, merecidamente han de ser marcadas: hasta el punto de ser privadas de la comunión de la Iglesia; pues en una materia perdonable han preferido mancharse con el crimen, mostrando que han buscado su propio placer en su incontinencia, cuando una restitución legítima habría podido obtener su perdón. Vuelvan, pues, a su estado anterior y hagan reparación voluntaria, y que lo que una condición de necesidad les arrancó no se convierta en modo alguno en deshonra por malos deseos; porque, así como las mujeres que rehúsan volver a sus maridos han de ser tenidas por impías, así las que vuelven a un afecto contraído con la aprobación de Dios merecidamente han de ser alabadas.

    VI. Sobre los cautivos que fueron obligados a comer alimentos inmolados a los ídolos

    Carta 159, § VI

    Acerca de aquellos cristianos de quienes se afirma que fueron contaminados con alimentos inmolados a los ídolos mientras estaban entre quienes los habían hecho prisioneros, hemos creído justo dar esta respuesta a vuestra consulta, querido hermano: que sean purificados por una penitencia satisfactoria, que ha de medirse no tanto por la duración del proceso cuanto por la intensidad del sentimiento. Y ya sea que su condescendencia les fuera arrancada por el terror o por el hambre, no hay que vacilar en absolverlos, puesto que el alimento fue tomado por miedo o por necesidad, no por reverencia supersticiosa.

    VII. Sobre los que por miedo o por error fueron bautizados de nuevo

    Carta 159, § VII

    Pero en cuanto a aquellos acerca de los cuales, amado, pensasteis que debíamos ser igualmente consultados, que fueron o forzados por el miedo o llevados por el error a repetir su bautismo, y ahora comprenden que obraron contra las ordenanzas de la fe católica, ha de guardarse con ellos tal moderación que sean recibidos en plena comunión con nosotros, pero no sin la medicina de la penitencia y la imposición de las manos del obispo, dejándose a vuestro juicio la duración de la penitencia (con la debida consideración de la moderación), según percibáis que están dispuestas las mentes de los penitentes: en lo cual no debéis olvidar tener en cuenta la vejez, la enfermedad y otros riesgos. Pues si un hombre se halla en caso tan peligroso que se desespere de su vida, estando aún bajo penitencia, debe recibir el auxilio misericordioso de la comunión por el tierno cuidado del sacerdote.

    VIII. Sobre el bautismo administrado por herejes

    Carta 159, § VIII

    Pues los que han recibido el bautismo de los herejes, no habiendo sido bautizados antes, han de ser confirmados por la imposición de manos con solo la invocación del Espíritu Santo, porque han recibido la mera forma del bautismo sin el poder de la santificación. Y esta norma, como sabéis, exigimos que se guarde en todas las iglesias: que la pila bautismal una vez entrada no sea mancillada por la repetición, como dice el Señor: «Un solo Señor, una sola fe, un solo bautismo.» Y que aquel lavado no sea contaminado por la repetición, sino que, como hemos dicho, solo se invoque la santificación del Espíritu Santo, para que lo que nadie puede recibir de los herejes se obtenga de los sacerdotes católicos. Esta carta nuestra, que hemos enviado en respuesta a las consultas de la hermandad, la daréis a conocer a todos vuestros hermanos y coobispos de la provincia, para que nuestra autoridad, ahora que ha sido dada, sirva para la observancia general. Dado el 21 de marzo, en el consulado de Mayoriano Augusto (458).

    Carta 162

    Carta 162, encabezado

    Por mano de Filoxeno agens in rebus, León, obispo, a León Augusto.

    I. Los decretos de Calcedonia y Nicea son idénticos y definitivos

    Carta 162, § I

    Con gran gozo se alegra mi espíritu en el Señor, y grande es mi motivo de acción de gracias, al percibir que la fe excelentísima de vuestra clemencia se ve en todo engrandecida por los dones de la gracia celestial, y al experimentar, con diligencia creciente, la devoción de una mente sacerdotal en vos. Porque en las comunicaciones de Vuestra Majestad se revela sin duda lo que el Espíritu Santo obra por medio de vos para el bien de toda la Iglesia, y cuán de desear es, por las oraciones de todos los fieles, que vuestro imperio se extienda por todas partes con gloria, ya que, además de vuestro cuidado por las cosas temporales, ejercéis con tanta perseverancia una previsión religiosa al servicio de lo divino y eterno: a saber, que la fe católica, la única que da vida y la única que santifica al género humano, permanezca en la única confesión, y que las disensiones nacidas de la variedad de las opiniones terrenas sean apartadas, gloriosísimo Emperador, de aquella Roca sólida sobre la que está edificada la ciudad de Dios. Y estos dones de Dios nos serán finalmente concedidos por Él, si no somos hallados ingratos por lo que se nos ha otorgado, y, como si lo ganado nada fuera, no buscamos más bien lo contrario. Pues buscar lo ya descubierto, volver a examinar lo ya concluido y demoler lo ya definido, ¿qué otra cosa es sino no dar gracias por los bienes recibidos y entregarse a los impíos anhelos de una concupiscencia mortal en el alimento del árbol prohibido? Y por eso, al dignaros mostrar una consideración más cuidadosa por la paz de la Iglesia universal, reconocéis manifiestamente cuál es el designio de las grandes intrigas de los herejes: que se entable una discusión más cuidadosa entre los discípulos de Eutiques y Dióscoro y el legado de la Sede Apostólica, como si nada hubiera sido ya definido, y que lo que con la gozosa aprobación de los sacerdotes católicos de todo el mundo fue determinado en el santo Sínodo de Calcedonia quede invalidado, en detrimento también del sacratísimo Concilio de Nicea. Pues lo que en nuestros propios días se determinó en Calcedonia acerca de la Encarnación de nuestro Señor Jesucristo, fue también definido así en Nicea por aquel número místico de Padres, para que la confesión de los católicos no creyera que el Hijo unigénito de Dios era en algo desigual al Padre, o que, cuando fue hecho Hijo del hombre, no tenía la verdadera naturaleza de nuestra carne y alma.

    II. Los malvados designios de los herejes deben ser resistidos con firmeza

    Carta 162, § II

    Por tanto, debemos aborrecer y evitar con perseverancia lo que el engaño de los herejes se esfuerza por obtener, y no ha de volver a ponerse en discusión lo que ha sido bien y plenamente definido, no sea que nosotros mismos parezcamos, a voluntad de hombres condenados, dudar de cosas que claramente concuerdan del todo con la autoridad de los Profetas, de los Evangelistas y de los Apóstoles. Y por ello, si hay algunos que disienten de estas decisiones inspiradas por el cielo, déjeseles abandonados a sus propias opiniones y apártense de la unidad de la Iglesia con aquella secta perversa que han elegido. Pues de ningún modo puede suceder que quienes se atreven a hablar contra los misterios divinos estén asociados en comunión alguna con nosotros. Enorgullézcanse de la vacuidad de su discurso y gloríense de la agudeza de sus argumentos contra la Fe: a nosotros nos place obedecer los preceptos del Apóstol, donde dice, «Mirad que nadie os engañe con filosofías y vanas seducciones de los hombres [].» Pues, según el mismo Apóstol, «si reedifico lo que destruí, me declaro transgresor [],» y me someto a aquellas condiciones de castigo que no sólo la autoridad del príncipe Marciano, de bendita memoria, sino también yo mismo, por mi consentimiento, he aceptado. Porque, como tú has mantenido justa y verdaderamente, la perfección no admite aumento ni la plenitud admite adición. Y por ello, como sé que tú, venerable Príncipe, imbuido como estás de la purísima luz de la verdad, no vacilas en parte alguna de la Fe, sino que con recto y perfecto juicio distingues lo justo de lo injusto y separas lo que ha de abrazarse de lo que ha de rechazarse, te ruego que no pienses que mi humildad haya de ser culpada por falta de confianza, pues mi cautela no sólo mira por el bien de la Iglesia universal, sino también por el acrecentamiento de tu propia gloria, para que bajo tu reinado no parezca fomentarse la audacia sin escrúpulos de los herejes ni perturbarse la seguridad de los católicos.

    III. Promete enviar enviados, no para discutir con los eutiquianos, sino para exponer la Fe al Emperador

    Carta 162, § III

    Aunque, por tanto, estoy muy confiado en la piedad de tu corazón en todas las cosas, y percibo que por el Espíritu de Dios que habita en ti estás suficientemente instruido, y ningún error puede engañar a tu fe, sin embargo me esforzaré por seguir tu mandato enviando a algunos de mis hermanos para que representen mi persona ante ti y expongan cuál es la regla apostólica de la Fe, aunque, como he dicho, te es bien conocida, dejando en todo claro y cierto que de ningún modo han de ser contados entre los católicos quienes no aceptan las definiciones del venerable Sínodo de Nicea ni las ordenanzas del santo Concilio de Calcedonia, por cuanto es evidente que los santos decretos de ambos proceden de la fuente evangélica y apostólica, y todo lo que no proviene del riego de Cristo es como un trago emponzoñado por la serpiente. Vuestra Majestad ha de saber de antemano, venerabilísimo Emperador, que aquellos a quienes me dispongo a enviar vendrán desde la Sede Apostólica, no para luchar contra los enemigos de la Fe ni para contender contra nadie, porque de asuntos ya resueltos, como plugo a Dios tanto en Nicea como en Calcedonia, no osamos entrar en discusión alguna, como si aquello que tan gran autoridad ha fijado por el Espíritu Santo fuera dudoso o débil.

    IV. Debe obligarse a los herejes a renunciar a sus usurpaciones y dejarse al juicio de Dios

    Carta 162, § IV

    Pero no rehusamos la ayuda de nuestro ministerio para la instrucción de nuestros pequeñuelos, quienes, después de ser alimentados con leche, desean saciarse con alimento más sólido; y así como no despreciamos a la gente sencilla, tampoco tendremos trato alguno con herejes rebeldes, recordando el mandato del Señor, que dice: «No deis lo santo a los perros, ni echéis vuestras perlas delante de los cerdos [].» Ciertamente es del todo indigno e injusto admitir a la libertad de discusión a hombres a quienes el Espíritu Santo describe con las palabras del profeta: «los hijos de los extraños me han mentido.» Pues aunque no resisten al Evangelio, sin embargo han mostrado ser de aquellos de quienes está escrito «profesan conocer a Dios, pero con sus obras lo niegan [],» mientras la sangre del justo Abel clama todavía contra el malvado Caín, quien, reprendido por el Señor, no se dispuso sosegadamente a su penitencia, sino que estalló en el asesinato. Cuyo castigo deseamos que quede reservado al juicio del Señor, de manera que, como es un saqueador sin escrúpulos y un homicida sediento de sangre, sea devuelto sobre sí mismo y abandone lo que es nuestro. Te rogamos también que no permitas que se prolongue más la lamentable cautividad de la santa iglesia de Alejandría, la cual, con la ayuda de tu fe y de tu justicia, debe ser restituida a su libertad, para que en todas las ciudades de Egipto sea devuelta la dignidad de los Padres y sus derechos sacerdotales. Dado el 21 de marzo, en el consulado de León y Mayoriano, Augustos (458).

    Carta 164

    Carta 164, encabezado

    León, obispo, a León Augusto.

    I. Envía enviados, pero desaprueba toda nueva discusión de la Fe

    Carta 164, § I

    Regocijándome de que se me haya probado con muchas y claras pruebas con cuánto empeño consultas los intereses de la Iglesia universal, no he tardado en obedecer los mandatos de Vuestra Majestad en la primera oportunidad, enviando a Domiciano y Geminiano, mis hermanos y coobispos, quienes, en prosecución de mis fervientes oraciones, rogarán por la pacífica aceptación de la enseñanza del Evangelio y obtendrán la libertad de la Fe, en la cual tú mismo eres tan señaladamente eminente por la instrucción del Espíritu Santo, ahora que los enemigos de Cristo son alejados, quienes, aunque hubieran deseado ocultar su locura, no pudieron permanecer ocultos, porque la santa sencillez de la grey del Señor es muy distinta de las apariencias de las fieras que se esconden con piel de oveja, ni pueden deslizarse por la hipocresía ahora que su desmedida locura los ha revelado. Reconoce, pues, augusto y venerable Emperador, que eres llamado por la providencia divina a la tutela de todo el mundo, y comprende qué ayuda debes a tu Madre, la Iglesia, que especialmente se gloría de ti. No ha de permitirse que las disputas ya terminadas se levanten con renovado vigor contra los triunfos de la diestra del Todopoderoso, especialmente cuando esto de ningún modo puede permitirse a los herejes, cuyos intentos han sido condenados hace tiempo, y los trabajos de los fieles tienen justa pretensión a este resultado: que toda la plenitud de la Iglesia permanezca segura en la integridad de su unidad, y que nada en absoluto de lo bien establecido sea reconsiderado; porque, después de que se han legítimamente formado constituciones bajo la guía divina, querer todavía disputar es señal no de un espíritu pacificador, sino rebelde, como dice el Apóstol, «porque contender con palabras para nada aprovecha, sino para perdición de los oyentes.»

    II. En materia de fe, la retórica humana está fuera de lugar

    Carta 164, § II

    Pues si siempre ha de quedar libre que las fantasías humanas se impongan en la disputa, nunca faltarán hombres que se atrevan a oponerse a la Verdad y a confiar en las expresiones fáciles de la sabiduría de este mundo, mientras que la Fe y la sabiduría cristianas conocen por la enseñanza de nuestro Señor Jesucristo mismo cuán estrictamente deben rehuir esta vanidad tan dañosa. Pues cuando Cristo estaba a punto de llamar a todas las naciones a la iluminación de la Fe, no eligió a los que habían de dedicarse a la predicación del Evangelio de entre filósofos u oradores, sino que tomó a humildes pescadores como instrumentos por los cuales se revelaría, no sea que la enseñanza celestial, que de suyo estaba llena de gran poder, pareciera necesitar la ayuda de las palabras. Y de aquí que el Apóstol proteste y diga: «Pues no me envió Cristo a bautizar, sino a predicar el Evangelio; no con sabiduría de palabras, para que no se haga vana la cruz de Cristo. Porque la palabra de la cruz es locura a los que se pierden; pero a los que se salvan, es poder de Dios. Pues está escrito: Destruiré la sabiduría de los sabios, y desecharé la inteligencia de los entendidos. ¿Dónde está el sabio? ¿Dónde el escriba? ¿Dónde el disputador de este siglo? ¿No ha enloquecido Dios la sabiduría del mundo []?» Pues los argumentos retóricos y los debates ingeniosos de invención humana se glorían principalmente en esto: en que en las materias dudosas, oscurecidas por la variedad de opiniones, pueden inducir a sus oyentes a aceptar aquella opinión que cada uno ha elegido por su propio talento y elocuencia para exponer; y así sucede que lo que se sostiene con la mayor elocuencia es tenido por lo más verdadero. Pero el Evangelio de Cristo no necesita este arte; pues en él la verdadera enseñanza se manifiesta por su propia luz, ni se busca aquello que agrade al oído, cuando para la verdadera fe basta saber quién es el Maestro.

    III. El dogma de Eutiques es condenado por el testimonio de la Escritura y ya no puede admitirse

    Carta 164, § III

    Pero nada aparta tanto de la luz del Evangelio a los que son engañados por sus propias invenciones como el no pensar que la Encarnación del Señor pertenece en verdadero sentido a la naturaleza del hombre, es decir, a la nuestra; como si fuera indigno de la gloria de Dios que la majestad del Verbo impasible hubiera tomado la realidad de la carne humana, cuando la salvación de los hombres no habría podido ser restaurada de otro modo si Aquel que está en la forma de Dios no se hubiera dignado tomar también la forma de siervo. Y por ello, puesto que el santo Sínodo de Calcedonia, al que asistieron todas las provincias del mundo romano y cuyas decisiones obtuvieron aceptación universal, y que concuerda plenamente en esto con el sacratísimo Concilio de Nicea, ha separado del cuerpo de la comunión católica a todos los malvados seguidores del dogma de Eutiques, ¿cómo podrá alguno de los lapsos recobrar la paz de la Iglesia sin purificarse por una plena penitencia? Pues ¿qué licencia se les puede conceder para discutir, cuando han merecido ser condenados por un justo y santo juicio, de modo que con toda verdad caigan bajo aquella sentencia del bienaventurado Apóstol, con la que, en los comienzos mismos de la Iglesia naciente, derribó a los enemigos de la cruz de Cristo, diciendo: «todo espíritu que confiesa que Jesucristo ha venido en carne es de Dios, y todo espíritu que disuelve a Jesús no es de Dios; y este es el anticristo.» Y de esta enseñanza preexistente del Espíritu Santo hemos de hacer uso fiel y constantemente, no sea que, al admitir las discusiones de tales hombres, se disminuya la autoridad de los decretos divinamente inspirados, cuando en todas las regiones de tu reino y en todos los confines de la tierra aquella Fe que fue confirmada en Calcedonia se está estableciendo sobre el fundamento segurísimo de la paz, y nadie es digno del nombre de cristiano si se aparta de la comunión con nosotros. De quien dice el Apóstol: «al hombre hereje, después de una y otra amonestación, evítalo, sabiendo que el tal es perverso y está condenado por su propio juicio [].»

    IV. Si ha de ejercerse la misericordia divina, los herejes deben abandonar por completo el error de sus caminos

    Carta 164, § IV

    Lo que, pues, el impío parricida ha perpetrado apoderándose de la santa Iglesia y asesinando cruelmente a su mismo obispo, no puede ser expiado por el perdón humano, a menos que sea propiciado Aquel que es el único que puede castigar justamente tales cosas y el único que por su inefable misericordia puede perdonarlas. Pero aunque no estamos ansiosos de venganza, de ningún modo podemos aliarnos con los siervos del diablo. Sin embargo, si sabemos que abandonan las filas de la herejía, arrepentidos de su error y convirtiéndose de las armas de la discordia a los lamentos del dolor, también nosotros podemos interceder por ellos para que no perezcan para siempre, siguiendo así el ejemplo de la bondad del Señor, quien, clavado en el madero de la cruz, oró por sus perseguidores: «Padre, perdónalos, porque no saben lo que hacen [].» Y para que la caridad cristiana haga esto provechosamente a sus enemigos, es preciso que los malvados herejes dejen de hostigar a la Iglesia de Dios, siempre religiosa y siempre devota; no deben atreverse a perturbar las almas de los sencillos con sus falsedades, a fin de que, donde en todos los tiempos pasados ha florecido la fe purísima, la enseñanza del Evangelio y de los Apóstoles tenga también ahora libre curso; porque también nosotros, imitando en cuanto podemos la misericordia divina, no deseamos que nadie sea castigado por la justicia, sino que todos sean liberados por la misericordia.

    V. Que restaure a los clérigos y laicos refugiados y rechace por completo a quienes persisten en la herejía

    Carta 164, § V

    Ruego a tu clemencia que escuches las sugerencias de mis hermanos ya mencionados, a quienes, como dije hace algún tiempo en una carta anterior, he enviado no para contender con los condenados, sino solamente para interceder ante ti por la estabilidad de la Fe católica. Y de acuerdo con tu fe y tu respeto a la Majestad divina, debes conceder especialmente esto: que, dejando de lado por completo las contiendas de los herejes, te dignes conceder una atención misericordiosa a quienes han caído en días tan malos, y que, después de restituir la libertad de la iglesia de Alejandría a su estado primitivo, establezcas allí un obispo que, sosteniendo los decretos del Sínodo de Calcedonia y estando de acuerdo con las ordenanzas del Evangelio, pueda restablecer la paz entre aquel pueblo tan perturbado. También aquellos obispos y clérigos a quienes el impío parricida ha expulsado de sus iglesias deben ser llamados de nuevo por mandato de Vuestra Majestad, y todos los demás a quienes una malicia semejante ha desterrado de sus moradas deben ser restituidos a su estado anterior, a fin de que tengamos justa causa para alegrarnos plena y perfectamente en la gracia de Dios y en tu fe, sin más estruendo de contienda. Pues si alguno es tan olvidadizo de la esperanza cristiana y de su propia salvación que se atreve con alguna disputa a atacar los decretos evangélicos y apostólicos del santo Sínodo de Calcedonia, derribando así también el sacratísimo Concilio de Nicea, a ese, junto con todos los herejes que han sostenido opiniones blasfemas y abominables sobre la Encarnación de nuestro Señor Jesucristo, lo condenamos con anatema semejante e igual maldición; de modo que, sin rehusar el remedio de la penitencia a quienes hacen plena y legítima satisfacción, la sentencia del Sínodo, fundada en la verdad, recaiga sobre los que aún resisten. Dado el 17 de agosto, en el consulado de León y Mayoriano, Augustos (458).

    Carta 166

    Carta 166, encabezado

    León, obispo, a Neón, obispo de Rávena, salud.

    I. A quienes, hechos cautivos en la infancia, no pueden recordar ni presentar testigos de su bautismo, no se les ha de negar este sacramento

    Carta 166, § I

    En verdad, con frecuencia, instruyéndonos el Espíritu de Dios, hemos afianzado los corazones de los hermanos cuando vacilaban en los lugares resbaladizos de las cuestiones dudosas, formulando una respuesta ya sea a partir de la enseñanza de las Sagradas Escrituras, ya sea a partir de las reglas de los Padres; pero últimamente ha surgido en sínodo un tema de debate nuevo y hasta ahora inaudito. Pues a instancia de ciertos hermanos hemos descubierto que algunos prisioneros de guerra, al volver libremente a sus propios hogares —a saber, aquellos que fueron llevados cautivos a una edad en que no podían tener conocimiento seguro de nada—, anhelan las aguas sanadoras del bautismo, pero, por la ignorancia de la infancia, no pueden recordar si recibieron el misterio y los ritos del bautismo; y que, por tanto, en esta incertidumbre de un recuerdo defectuoso, sus almas se ven puestas en peligro, mientras que, bajo apariencia de cautela, se les niega una gracia que se les retiene porque se piensa que ya les fue conferida. Y así, puesto que ciertos hermanos, por un temor no injustificable, han vacilado en realizar los ritos del misterio del Señor, en una reunión sinodal, como hemos dicho, hemos recibido una petición formal de consejo sobre esta materia; y, al discutirla cuidadosamente, hemos querido sopesar la opinión de cada uno de los miembros y tratarla de modo tan cauto que se llegue con certeza a la verdad sirviéndonos del conocimiento de muchos. Por consiguiente, las mismas cosas que nos han venido a la mente por inspiración divina han recibido el asentimiento y la confirmación de un gran número de los hermanos. Y así, estamos obligados ante todo a guardarnos de que, mientras nos aferramos a una cierta apariencia de cautela, incurramos en pérdida de almas que han de ser regeneradas. Pues ¿quién está tan entregado a las sospechas que decida que es verdad aquello que, sin prueba alguna, sospecha por mera conjetura? Y así, siempre que el hombre mismo que anhela el nuevo nacimiento no recuerda su bautismo, y nadie puede dar testimonio de él por desconocer su consagración a Dios, no hay posibilidad de que se deslice pecado alguno, puesto que, en lo que alcanza su conocimiento, ni el que confirió ni el que recibió la consagración son culpables. Sabemos, en efecto, que se comete un delito imperdonable cuando, conforme a las instituciones de herejes que los santos Padres han condenado, alguien es obligado a entrar dos veces en la pila bautismal, que está disponible una sola vez para quienes han de renacer, en oposición a la enseñanza del Apóstol, que nos habla de una sola Divinidad en Trinidad, una sola confesión en la Fe, un solo sacramento en el Bautismo. Pero en este caso nada semejante ha de temerse, pues aquello que no se sabe en absoluto que se haya realizado no puede caer bajo el cargo de repetición. Y así, siempre que ocurra tal caso, examínalo primero con una investigación cuidadosa, y dedica un tiempo considerable —a menos que su último fin esté próximo— a inquirir si no hay absolutamente nadie que con su testimonio pueda remediar la ignorancia del otro. Y cuando quede establecido que el hombre que requiere el sacramento del bautismo está impedido por una mera sospecha infundada, acuda con confianza a obtener la gracia, de la cual no tiene conciencia de ningún vestigio en sí mismo. Ni debemos temer abrir así la puerta de la salvación, cuando no se ha demostrado que se haya entrado antes por ella.

    II. El bautismo administrado por herejes no debe invalidarse con un segundo bautismo

    Carta 166, § II

    Pero si consta que alguien ha sido bautizado por herejes, en modo alguno debe repetirse en él el misterio de la regeneración, sino solo conferírsele aquello que antes faltaba, para que obtenga la virtud del Espíritu Santo por la imposición de las manos del obispo. Esta decisión, amadísimo hermano, queremos que se dé a conocer a todos en general, a fin de que la misericordia de Dios no sea negada a quienes desean salvarse por un temor indebido. Dado el 24 de octubre, en el consulado de Mayoriano Augusto (458).

    Carta 167

    Carta 167, encabezado

    A Rústico, obispo de la Galia Narbonense, con las respuestas a sus preguntas sobre diversos puntos.

    1. Le exhorta a obrar con moderación para con dos obispos que le han ofendido

    Carta 167, § 1

    León, el obispo, a Rústico, obispo de la Galia Narbonense.
    Tu carta, hermano, que me trajo Hermes, tu arcediano, la he recibido con agrado; la cantidad de asuntos diversos que contiene la hace ciertamente extensa, pero no tan tediosa para mí, al leerla con paciencia, como para pasar por alto punto alguno, en medio de los cuidados que me apremian por todas partes. Y de ahí que, habiendo captado lo esencial de tu alegación y revisado lo que ocurrió en la investigación de los obispos y de los principales, deduzcamos que Sabiniano y León, presbíteros, no confiaban en tu actuación, y que ya no les queda ninguna causa justa de queja, puesto que por propia voluntad se retiraron de la discusión que se había iniciado. Qué forma o qué medida de justicia debes aplicarles, lo dejo a tu propia discreción, aconsejándote, sin embargo, con la exhortación del amor, que para la curación de los enfermos debes aplicar la medicina espiritual, y que, recordando la Escritura que dice «no seas demasiado justo,» obres con mansedumbre con estos que, por celo de la castidad, parecen haber excedido los límites de la venganza, no sea que el diablo, que engañó a los adúlteros, triunfe sobre los vengadores del adulterio.

    II. Le reprende por desear dejar su oficio, lo que supondría desconfiar de las promesas de Dios

    Carta 167, § II

    Mas me sorprende, amadísimo, que estés tan turbado por la oposición a consecuencia de las ofensas, de cualquier causa que surjan, como para decir que preferirías ser aliviado de las fatigas de tu episcopado y vivir en quietud y sosiego antes que continuar en el oficio que te ha sido encomendado. Pero puesto que el Señor dice, «bienaventurado el que persevere hasta el fin [],» ¿de dónde vendrá esta perseverancia bienaventurada, sino de la fuerza de la paciencia? Pues como proclama el Apóstol, «Todos los que quieran vivir piadosamente en Cristo sufrirán persecución [].» Y no ha de considerarse persecución solo cuando se emplean contra la religión cristiana la espada o el fuego u otros medios activos; pues la persecución más terrible se inflige a menudo por la disconformidad de conducta, la desobediencia persistente y las punzadas de las lenguas malévolas: y como todos los miembros de la Iglesia están siempre expuestos a estos ataques, y ninguna porción de los fieles está libre de tentación, de modo que una vida ni de ocio ni de trabajo carece de peligro, ¿quién guiará la nave en medio de las olas del mar, si el timonel abandona su puesto? ¿Quién guardará a las ovejas de la perfidia de los lobos, si el pastor mismo no está en vela? ¿Quién, en fin, resistirá a los ladrones y salteadores, si el amor a la quietud aparta de la estrictez de su vigilancia al centinela que está puesto para guardar la atalaya? Hay que permanecer, pues, en el oficio que le ha sido encomendado y en la tarea emprendida. La justicia ha de sostenerse con firmeza y la misericordia ha de extenderse con amor. No a los hombres, sino a sus pecados hay que odiar. A los soberbios hay que reprenderlos, a los débiles hay que soportarlos; y aquellos pecados que requieren un castigo más severo han de tratarse con espíritu no de venganza, sino de deseo de curar. Y si una tormenta más recia de tribulación cae sobre nosotros, no nos aterroricemos como si hubiéramos de vencer el infortunio con nuestras propias fuerzas, puesto que nuestro Consejo y nuestra Fortaleza es Cristo, y por Él podemos todas las cosas, sin Él nada; Quien, para confirmar a los predicadores del Evangelio y a los ministros de los misterios, dice, «He aquí, yo estoy con vosotros todos los días, hasta la consumación del siglo [].» Y de nuevo dice, «Estas cosas os he hablado para que en mí tengáis paz. En el mundo tendréis tribulación; pero confiad, yo he vencido al mundo [].» Las promesas, que son tan claras como pueden serlo, no debemos dejar que las debiliten causas de ofensa, no sea que parezcamos ingratos a Dios por habernos hecho vasos escogidos suyos, pues su auxilio es poderoso como sus promesas son verdaderas.

    III. Muchas de las cuestiones planteadas podrían resolverse más fácilmente en una entrevista personal que por escrito

    Carta 167, § III

    Sobre aquellos puntos de consulta, amadísimo, que tu arcediano me ha traído por separado y por escrito, sería más fácil llegar a conclusiones sobre cada punto cara a cara, si pudieras concedernos la ventaja de tu presencia. Pues como algunas cuestiones parecen exceder los límites de la diligencia ordinaria, percibo que se prestan mejor a la conversación que a la escritura: porque así como hay ciertas cosas que de ningún modo pueden ser controvertidas, así hay muchas que requieren ser modificadas ya sea por consideraciones de edad, ya por las necesidades del caso; siempre con tal de que recordemos que en las cosas dudosas u oscuras ha de seguirse aquello que no se halle contrario a los mandamientos del Evangelio ni opuesto a los decretos de los santos Padres.

    Cuestión 1

    Carta 167, Cuestión 1

    Sobre un presbítero o diácono que falsamente pretende ser obispo, y sobre aquellos a quienes han ordenado.
    Respuesta. Ninguna consideración permite que se cuente entre los obispos a quienes no han sido elegidos por el clero, pedidos por el pueblo y consagrados por los obispos de la provincia con el consentimiento del metropolitano. Y de ahí que, puesto que la cuestión surge a menudo acerca de un ascenso indebidamente obtenido, ¿quién puede dudar de que de ningún modo puede ser aquello que no se muestra que les haya sido conferido? Y si algunos clérigos han sido ordenados por tales falsos obispos en aquellas iglesias que tienen obispos propios, y su ordenación tuvo lugar con el consentimiento y la aprobación de los obispos legítimos, puede considerarse válida con tal de que permanezcan en las mismas iglesias. De lo contrario, ha de considerarse nula, al no estar vinculada a lugar alguno ni apoyarse en autoridad alguna.

    Cuestión 2

    Carta 167, Cuestión 2

    Sobre un presbítero o diácono que, conocido su crimen, pide penitencia pública: ¿ha de concedérsele mediante la imposición de manos?
    Respuesta. Es contrario a la costumbre de la Iglesia que quienes han sido consagrados a la dignidad del presbiterado o al rango del diaconado reciban el remedio de la penitencia mediante la imposición de manos por algún crimen; lo cual desciende sin duda de la tradición de los Apóstoles, según lo que está escrito, «Si un sacerdote ha pecado, ¿quién orará por él []?» Y de ahí que tales hombres, cuando han caído, para obtener la misericordia de Dios deben buscar el retiro privado, donde su expiación pueda ser a la vez provechosa y adecuada.

    Cuestión 3

    Carta 167, Cuestión 3

    Sobre los que sirven al altar y tienen esposas: ¿pueden cohabitar lícitamente con ellas?
    Respuesta. La ley de la continencia es la misma para los ministros del altar que para los obispos y sacerdotes, los cuales, cuando eran laicos o lectores, podían casarse lícitamente y tener descendencia. Pero cuando alcanzaron los dichos grados, lo que antes era lícito dejó de serlo. Y de ahí que, para que su matrimonio se haga espiritual en vez de carnal, conviene que no repudien a sus esposas, sino que «las tengan como si no las tuvieran,» con lo cual se conserva el afecto de sus esposas y cesan las funciones conyugales.

    Cuestión 4

    Carta 167, Cuestión 4

    Sobre un presbítero o diácono que ha dado a su hija no casada en matrimonio a un hombre que ya tenía una mujer unida a él, de la cual había tenido también hijos.
    Respuesta. No toda mujer unida a un hombre es su esposa, como tampoco todo hijo es heredero de su padre. Pero el vínculo matrimonial es legítimo entre los libres y entre iguales: esto fue establecido por el Señor mucho antes de que la ley romana tuviera su comienzo. Y así, la esposa se distingue de la concubina, como la esclava de la libre. Por cuya razón también el Apóstol, para mostrar la diferencia entre estas personas, cita del Génesis, donde se dice a Abraham, «Echa fuera a la esclava y a su hijo; porque el hijo de la esclava no será heredero con mi hijo Isaac.» Y de ahí que, habiendo sido constituido el vínculo matrimonial desde el principio de modo que, aparte de la unión de los sexos, simbolice la unión mística de Cristo y su Iglesia, es indudable que aquella mujer no tiene parte en el matrimonio en cuyo caso se muestra que el misterio del matrimonio no ha tenido lugar. Consiguientemente, un clérigo de cualquier grado que haya dado a su hija en matrimonio a un hombre que tiene concubina, no debe considerarse que la ha dado a un hombre casado, a no ser que acaso la otra mujer resulte haber quedado libre, haber sido legítimamente dotada y haber sido honrada con nupcias públicas.

    Cuestión 5

    Carta 167, Cuestión 5

    Sobre las jóvenes que se han casado con hombres que tienen concubinas.
    Respuesta. Las que se unen a maridos por voluntad de sus padres están libres de culpa, si las mujeres que sus maridos tenían no estaban en matrimonio.

    Cuestión 6

    Carta 167, Cuestión 6

    Sobre los que dejan a las mujeres de quienes tienen hijos y toman esposas.
    Respuesta. Puesto que la esposa es distinta de la concubina, apartar de su lecho a una esclava y tomar esposa cuya condición libre es segura no es bigamia, sino un proceder honorable.

    Cuestión 7

    Carta 167, Cuestión 7

    Sobre los que en la enfermedad aceptan condiciones de penitencia y, cuando se han recuperado, rehúsan cumplirlas.
    Respuesta. La negligencia de tales hombres ha de ser reprendida, pero no se les ha de abandonar definitivamente, para que sean incitados con exhortaciones frecuentes a cumplir fielmente lo que bajo el apremio de la necesidad pidieron. Pues de nadie hay que desesperar mientras permanezca en este cuerpo, porque a veces lo que la timidez de la edad difiere lo cumplen consejos más maduros.

    Cuestión 8

    Carta 167, Cuestión 8

    Sobre los que en su lecho de muerte prometen penitencia y mueren antes de recibir la comunión.
    Respuesta. Su causa queda reservada al juicio de Dios, en Cuyas manos estuvo que su muerte se difiriera hasta el preciso momento de la comunión. Pero no podemos estar en comunión, una vez muertos, con aquellos con quienes, en vida, no estábamos en comunión.

    Cuestión 9

    Carta 167, Cuestión 9

    Sobre los que, bajo la presión de un gran dolor, piden que se les conceda la penitencia y, cuando el presbítero ha venido a darles lo que buscan, si el dolor ha cedido algo, ponen excusas y rehúsan aceptar lo que se les ofrece.
    Respuesta. Esta tergiversación no puede proceder del desprecio del remedio, sino del temor de caer en pecado peor. De ahí que la penitencia que se difiere, cuando se busca con más empeño, no debe negarse, a fin de que el alma herida alcance de cualquier modo la curación de la absolución.

    Cuestión 10

    Carta 167, Cuestión 10

    Sobre los que han profesado penitencia, si comienzan a pleitear en el foro.
    Respuesta. Exigir deudas justas es en verdad una cosa, y no hacer caso de la propia hacienda por la perfección del amor es otra. Pero quien anhela el perdón de sus actos ilícitos debe abstenerse incluso de muchas cosas lícitas, como dice el Apóstol, «todas las cosas me son lícitas, pero no todas convienen [].» De ahí que, si el penitente tiene un asunto que acaso no debe descuidar, le es mejor recurrir al juicio de la Iglesia que al del foro.

    Cuestión 11

    Carta 167, Cuestión 11

    Sobre los que durante o después de la penitencia realizan negocios.
    Respuesta. La naturaleza de sus ganancias o excusa o condena al traficante, porque hay una especie honesta y otra vil de provecho. No obstante, es más conveniente para el penitente sufrir pérdida que verse envuelto en los riesgos del tráfico, porque es difícil que no entre el pecado en las transacciones entre comprador y vendedor.

    Cuestión 12

    Carta 167, Cuestión 12

    Sobre los que vuelven al servicio militar después de hacer penitencia.
    Respuesta. Es del todo contrario a las reglas de la Iglesia volver al servicio militar del mundo después de hacer penitencia, como dice el Apóstol, «Ningún soldado al servicio de Dios se enreda en los negocios del mundo [].» De ahí que no está libre de las asechanzas del diablo quien quiere enredarse en el servicio militar del mundo.

    Cuestión 13

    Carta 167, Cuestión 13

    Sobre los que después de la penitencia toman esposas o se unen a concubinas.
    Respuesta. Si un joven, por temor a la muerte o a los peligros de la cautividad, ha hecho penitencia, y después, temiendo caer en la incontinencia juvenil, ha optado por casarse con una esposa para no ser culpable de fornicación, parece haber cometido un acto perdonable, con tal de que no haya conocido a mujer alguna salvo a su esposa. Sin embargo, en esto no establecemos regla alguna, sino que expresamos una opinión sobre lo que es menos objetable. Pues según la verdadera consideración del asunto, nada conviene mejor al que ha hecho penitencia que la castidad continuada tanto de mente como de cuerpo.

    Cuestión 14

    Carta 167, Cuestión 14

    Sobre los monjes que abrazan el servicio militar o el matrimonio.
    Respuesta. El voto del monje, hecho por su propia voluntad o deseo, no puede abandonarse sin pecado. Pues lo que un hombre ha prometido a Dios, también debe cumplirlo. De ahí que quien abandona su profesión de vida célibe y se entrega al servicio militar o al matrimonio, debe hacer expiación y purificarse públicamente, porque, aunque tal servicio pueda ser inocente y el estado matrimonial honorable, es transgresión haber abandonado la elección más alta.

    Cuestión 15

    Carta 167, Cuestión 15

    Sobre las jóvenes que han llevado el hábito religioso por algún tiempo pero no han sido consagradas, si después se casan.
    Respuesta. Las jóvenes que, sin ser forzadas por mandato de sus padres sino por su propia libre voluntad, han tomado el voto y el hábito de virginidad, si después eligen el matrimonio, obran mal, aunque no hayan recibido la consagración: de la cual sin duda no habrían sido privadas, si hubieran permanecido fieles a su voto.

    Cuestión 16

    Carta 167, Cuestión 16

    Sobre los que fueron dejados de niños por padres cristianos: si no se halla prueba de su bautismo, ¿deben ser bautizados?
    Respuesta. Si no existe prueba entre sus parientes y allegados, ni entre el clero o los vecinos, por la cual se demuestre que aquellos sobre quienes se plantea la cuestión han sido bautizados, hay que tomar medidas para su regeneración: no sea que evidentemente perezcan; pues en su caso la razón no consiente que parezca repetirse lo que no se muestra que se haya hecho.

    Cuestión 17

    Carta 167, Cuestión 17

    Sobre los que han sido capturados por el enemigo y no saben si han sido bautizados, pero saben que sus padres los llevaron varias veces a la iglesia, ¿pueden o deben ser bautizados cuando regresen a territorio romano?
    Respuesta. Quienes pueden recordar que solían ir a la iglesia con sus padres pueden recordar si recibieron lo que solía darse a sus padres. Pero si también esto se les ha escapado de la memoria, parece que debe conferírseles aquello que no se sabe que se les haya conferido, porque no puede haber temeridad presuntuosa donde se ha puesto el cuidado más leal.

    Cuestión 18

    Carta 167, Cuestión 18

    Acerca de aquellos que han venido de África o Mauritania y no saben en qué secta fueron bautizados, qué debe hacerse en su caso?
    Respuesta. Estas personas no dudan de su bautismo, sino que profesan ignorancia acerca de la fe de quienes los bautizaron; y por tanto, puesto que han recibido la forma del bautismo de alguna manera, no han de ser bautizados, sino que han de ser unidos a los católicos por la imposición de manos, después de la invocación del poder del Espíritu Santo, que no pudieron recibir de los herejes.

    Pregunta 19

    Carta 167, Pregunta 19

    Acerca de aquellos que, después de ser bautizados en la infancia, fueron capturados por los gentiles y vivieron con ellos a la manera de los gentiles, cuando regresan a territorio romano siendo aún jóvenes, si buscan la Comunión, ¿qué debe hacerse?
    Respuesta. Si solo han vivido con gentiles y comido alimento inmolado a los ídolos, pueden ser purificados por el ayuno y la imposición de manos, para que en adelante, absteniéndose de lo ofrecido a los ídolos, sean partícipes de los misterios de Cristo. Pero si han adorado ídolos o se han contaminado con homicidio o fornicación, no deben ser admitidos a la comunión, sino mediante penitencia pública.

    Carta 169

    Carta 169, encabezado

    León, el obispo, a León Augusto.

    I. Agradece de corazón al Emperador lo que ha hecho y le pide que complete la obra en todo cuanto pueda

    Carta 169, § I

    Si pretendiéramos recompensar la gloriosa resolución de Vuestra Majestad en defensa de la fe con todos los elogios que la grandeza de la causa exige, nos hallaríamos incapaces de dar gracias y celebrar con nuestra débil lengua el gozo de la Iglesia universal. Mas a vuestras obras y merecimientos aguarda una recompensa más digna de Aquel en cuya causa habéis mostrado tan excelente celo, y ahora triunfáis gloriosamente con la consecución del fin deseado. Vuestra clemencia debe saber, por tanto, que todas las iglesias de Dios se unen para alabaros y regocijarse de que el impío parricida haya sido arrojado del cuello de la iglesia de Alejandría, y de que el pueblo de Dios, sobre el cual el abominable salteador ha sido tan pesada carga, restituido a la antigua libertad de la fe, pueda ser llamado de nuevo al camino de la salvación por la predicación de sacerdotes fieles, al ver eliminado todo foco de pestilencia en la persona de su mismo autor. Ahora, pues, porque habéis realizado esto con firme resolución y voluntad constante, completad la obra de vuestra labor en favor de la fe dictando decretos que sean gratos a Dios en favor del prelado católico de esta ciudad, quien no está contaminado por rastro alguno de la herejía ya tantas veces condenada; no sea acaso que la herida aparentemente sanada, pero aún oculta bajo la cicatriz, crezca, y que la grey cristiana, que por vuestra acción pública ha sido librada de la perversidad de los herejes, vuelva a caer presa del veneno mortal.

    II. En un sacerdote, además de la integridad de la fe, se requieren también las buenas obras

    Carta 169, § II

    Pero veis, venerable Emperador, y comprendéis claramente, que en la persona cuya excomunión se contempla, no debe considerarse solo la integridad de su fe; pues aunque esta pudiera purgarse con castigos y confesiones y restaurarse por completo con cualesquiera condiciones, sin embargo, las obras malvadas y sanguinarias que se han cometido jamás podrán anularse con las protestas de palabras plausibles; porque en el pontífice de Dios, y particularmente en el sacerdote de tan gran iglesia, no basta el sonido de la lengua ni la expresión de los labios, y nada aprovecha si Dios proclama con su voz y la mente queda convicta de blasfemia. Porque de estos habla el Espíritu Santo por el Apóstol: «teniendo apariencia de piedad, pero negando la eficacia de ella», y de nuevo en otro lugar: «profesan conocer a Dios, pero con los hechos lo niegan». Y por tanto, ya que en todo miembro de la Iglesia se espera tanto la integridad de la verdadera fe como la abundancia de buenas obras, tanto más deben predominar ambas cosas en el sumo pontífice, porque la una sin la otra no puede estar en unión con el Cuerpo de Cristo.

    III. No debe accederse a la petición de indulgencia de Timoteo en razón de su ortodoxia

    Carta 169, § III

    Tampoco necesitamos exponer ahora todo lo que hace maldito a Timoteo, puesto que lo que se ha hecho por él y por su causa ha llegado abundante y manifiestamente al conocimiento del mundo entero; y todo cuanto una turba desenfrenada ha perpetrado contra la justicia, todo recae sobre su cabeza, cuyos deseos fueron servidos por aquellas manos enloquecidas. Y por tanto, aun cuando en su profesión de fe no omita nada y en nada nos engañe, lo más conveniente para vuestra gloria es excluirlo absolutamente de este designio suyo, porque en el obispo de tan gran ciudad debe la Iglesia universal regocijarse con santa exultación, de modo que la verdadera paz del Señor sea glorificada no solo por la predicación de la fe, sino también por el ejemplo de la conducta de los hombres. Dado el 17 de junio, en el consulado de Magno y Apolonio (460). (Por mano de Filoxeno agens in rebus.)

    Carta 171

    Carta 171, encabezado

    León, el obispo, a Timoteo, obispo católico de la iglesia de Alejandría.

    I. Le felicita por su elección y le exhorta a hacer volver al redil a los descarriados

    Carta 171, § I

    Se ve claramente por el resplandor del sentimiento citado por el Apóstol que «todas las cosas cooperan para bien de los que aman a Dios [],» y por la dispensación de la misericordia de Dios, donde se reciben adversidades, allí se concede también la prosperidad. Esto lo muestra la experiencia de la iglesia de Alejandría, en la cual los humildes, con su moderación y longanimidad, se han granjeado un gran tesoro en pago de su paciencia; porque «el Señor está cerca de los quebrantados de corazón y salvará a los humildes de espíritu,» quedando glorificada en todo la fe de nuestro noble Príncipe, por quien «la diestra del Señor ha hecho proezas,» impidiendo que la abominación del anticristo ocupara ya por más tiempo el trono de los bienaventurados Padres; cuya blasfemia a nadie ha dañado más que a él mismo, porque, aunque ha inducido a algunos a participar de su culpa, a sí propio se ha manchado inexpiablemente con sangre. Y por tanto, acerca de lo que, bajo la dirección de la fe, ha llevado a cabo tu elección, hermano, por el clero, el laicado y todos los fieles, te aseguro que toda la Iglesia del Señor se regocija conmigo, y es mi vivo deseo que la piedad divina confirme con su bondad este gozo con múltiples señales de gracia, sirviendo a ello en todo tu propia devoción, para que, con las oraciones de la Iglesia, ganes diligentemente para la reconciliación con Dios también a los que hasta ahora han resistido a la Verdad, y, como celoso pastor, los incorpores al cuerpo místico de la fe católica, cuya totalidad no admite división alguna, imitando a aquel Pastor verdadero y manso, que dio su vida por sus ovejas, y cuando una oveja se descarriaba, no la hizo volver con el látigo, sino que la llevó sobre sus propios hombros al redil.

    II. Esté vigilante contra la herejía y envíe frecuentes informes a Roma

    Carta 171, § II

    Ten cuidado, pues, amadísimo hermano, de que no se halle en el pueblo de Dios rastro alguno del error de Nestorio o de Eutiques; porque «nadie puede poner otro fundamento que el que está puesto, el cual es Jesucristo [];» quien no habría reconciliado al mundo entero con Dios Padre, si no nos hubiera adoptado a todos por la regeneración de la fe en la realidad de nuestra carne. Por tanto, hermano, cuantas veces se presenten ocasiones de las que puedas servirte para escribir, así como ya lo has hecho necesariamente y según la costumbre al enviarnos, por medio de nuestros hijos Daniel el presbítero y Timoteo el diácono, el informe de tu ordenación, continúa obrando en todo tiempo y envíanos, que estaremos ansiosos por ellos, informes tan frecuentes como sea posible del progreso de la paz, para que por el trato regular sintamos que «el amor de Dios ha sido derramado en nuestros corazones por el Espíritu Santo que nos ha sido dado [].» Dado el 18 de agosto, en el consulado de Magno y Apolonio (460).
    Notas, recepción y bibliografía

    Acompañamiento editorial

    Lo que dejan las cartas

    Feltoe presenta la serie del caso de Eutiques como lo que más debe la Iglesia a León: a su intervención atribuye la definición final de la doctrina de la encarnación. Cita a Gore, para quien el Tomo es notable «por su contenido más aún que por las circunstancias que lo produjeron», y subraya la escena: un obispo latino, ignorante del griego, define la fe para obispos de lengua griega. El resto de la correspondencia muestra otra cara: un obispo que entiende su sede como autoridad sobre toda la cristiandad, como sucesor de Pedro, y que lo ejerce con Hilario de Arlés, con Anastasio de Tesalónica o con Anatolio de Constantinopla. Feltoe califica de «no muy digno de elogio» su choque con Hilario y recoge que el canon 28 de Calcedonia, que rechazó, tuvo «resultados lamentables»; son juicios de un editor anglicano de 1894, no los de todos los lectores de León.
    Wikipedia añade que, tras el concilio, las Iglesias que rechazaron el lenguaje del Tomo como cercano al nestorianismo se separaron de Calcedonia, y que en 453 León confirmó los cánones del concilio declarando nulo el 28.
    Límites. Esta edición recoge setenta y tres cartas de una selección que Feltoe declara parcial. Las fechas y explicaciones de las notas proceden de las fuentes que se citan, no del texto; cuando difieren, se dice quién afirma qué. La traducción castellana es automática y se conserva sin corregir.
    Comentario editorial · Para reflexionar sobre la lectura
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