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  1. Sesión 1 · Parte 1 · ≈ 6 minFicha de la obra
  2. Sesión 2 · Parte 1 · ≈ 6 minCarta 1
  3. Sesión 3 · Parte 1 · ≈ 6 minCarta 4
  4. Sesión 4 · Parte 1 · ≈ 7 minCarta 6
  5. Sesión 5 · Parte 1 · ≈ 6 minVI. Los presbíteros y diáconos no deben ser ordenados en días feriales, como tampoco los obispos
  6. Sesión 6 · Parte 1 · ≈ 6 minII. Deben observarse días fijos para la ordenación de presbíteros y diáconos
  7. Sesión 7 · Parte 1 · ≈ 7 minII. Hilario perturba la paz de la Iglesia con su insubordinación
  8. Sesión 8 · Parte 1 · ≈ 6 minV. La actuación de Hilario fue muy reprensible en todo, y hemos restituido a Projecto
  9. Sesión 9 · Parte 1 · ≈ 3 minIX. Leoncio es nombrado en lugar de Hilario
  10. Sesión 10 · Parte 2 · ≈ 8 minCarta 12
  11. Sesión 11 · Parte 2 · ≈ 6 minV. Distingue entre los laicos que han sido elevados al episcopado y los clérigos bígamos, perdonando a aquéllos y no a éstos
  12. Sesión 12 · Parte 2 · ≈ 8 minXI. Las vírgenes forzadas contra su voluntad deben ser tratadas de manera algo distinta de las demás, pero no se les ha de negar la Comunión
  13. Sesión 13 · Parte 2 · ≈ 6 minIII. Han de observarse los derechos de los metropolitanos bajo el vicariato de Anastasio
  14. Sesión 14 · Parte 2 · ≈ 3 minXII. En caso de divergencia de opinión entre el Vicario y los obispos, debe consultarse al obispo de Roma. Expónese la subordinación de las autoridades en la Iglesia
  15. Sesión 15 · Parte 3 · ≈ 6 minCarta 15
  16. Sesión 16 · Parte 3 · ≈ 6 minIII. (2) Refútase su fantasía sobre las virtudes que proceden de Dios
  17. Sesión 17 · Parte 3 · ≈ 7 minVIII. (7) Se condena su rechazo del matrimonio
  18. Sesión 18 · Parte 3 · ≈ 7 minXIV. (13) Se rechaza su fantástica división de las Escrituras
  19. Sesión 19 · Parte 3 · ≈ 6 minEl cuerpo de Cristo descansó realmente en el sepulcro y realmente resucitó
  20. Sesión 20 · Parte 3 · ≈ 7 minIII. Es preciso distinguir una fiesta de otra en cuanto a dignidad y ocasión
  21. Sesión 21 · Parte 3 · ≈ 6 minV. El ejemplo de San Pedro como autoridad para los bautismos de Pentecostés
  22. Sesión 22 · Parte 4 · ≈ 7 minCarta 17
  23. Sesión 23 · Parte 4 · ≈ 6 minII. Los presbíteros que cedieron, que sean degradados con el usurpador al último lugar: los demás conservarán sus puestos
  24. Sesión 24 · Parte 4 · ≈ 6 minIII. Apela a León en busca de protección
  25. Sesión 25 · Parte 4 · ≈ 6 minIII. Se expone la herejía de Eutiques
  26. Sesión 26 · Parte 4 · ≈ 6 minI. Alaba la piedad del Emperador y menciona la apelación de Eutiques
  27. Sesión 27 · Parte 4 · ≈ 9 minIII. Acusa recibo de la carta de León
  28. Sesión 28 · Parte 4 · ≈ 7 minIII. Se exponen la fe y el consejo de Dios acerca de la encarnación del Verbo
  29. Sesión 29 · Parte 4 · ≈ 6 minV. Se prueba por la Escritura que la carne de Cristo es real
  30. Sesión 30 · Parte 4 · ≈ 3 minVI. La concesión errónea y perjudicial de Eutiques. Las condiciones bajo las cuales puede ser readmitido a la comunión. El envío de representantes al Oriente
  31. Sesión 31 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 29
  32. Sesión 32 · Parte 5 · ≈ 7 minIII. De la unión de las dos naturalezas fluye la gracia del bautismo. Hace un llamamiento directo a Pulqueria para que le ayude
  33. Sesión 33 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 33
  34. Sesión 34 · Parte 5 · ≈ 8 minCarta 35
  35. Sesión 35 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 37
  36. Sesión 36 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 42
  37. Sesión 37 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 44
  38. Sesión 38 · Parte 6 · ≈ 6 minCarta 45
  39. Sesión 39 · Parte 6 · ≈ 6 minII. Elogia el celo de León contra los maniqueos y, últimamente, contra el eutiquianismo, como se evidencia especialmente en el Tomo
  40. Sesión 40 · Parte 6 · ≈ 7 minVII. Estando él mismo impedido, ha enviado delegados a defender su causa
  41. Sesión 41 · Parte 6 · ≈ 6 minIII. Perfecto Dios y perfecto hombre se unieron en Cristo
  42. Sesión 42 · Parte 6 · ≈ 6 minV. Se reafirma la verdadera doctrina de la Encarnación y se la encomienda a su custodia
  43. Sesión 43 · Parte 6 · ≈ 6 minCarta 68
  44. Sesión 44 · Parte 6 · ≈ 6 minII. Promete aceptar a Anatolio cuando haga esta confesión y pide un concilio en Italia para definir finalmente la fe
  45. Sesión 45 · Parte 6 · ≈ 5 minCarta 80
  46. Sesión 46 · Parte 7 · ≈ 7 minCarta 82
  47. Sesión 47 · Parte 7 · ≈ 6 minCarta 88
  48. Sesión 48 · Parte 7 · ≈ 6 minII. Les ruega que reafirmen la fe tal como se establece en el Tomo
  49. Sesión 49 · Parte 7 · ≈ 6 minIV. Incluso los autores del daño pueden hallar lugar para el perdón mediante el arrepentimiento
  50. Sesión 50 · Parte 7 · ≈ 7 minIV. Anuncian su decisión de que Constantinopla tenga la precedencia después de Roma, y piden el consentimiento de León
  51. Sesión 51 · Parte 7 · ≈ 7 minII. Consideradas todas las circunstancias, era de esperar que Anatolio mostrase más modestia
  52. Sesión 52 · Parte 7 · ≈ 5 minII. Los cánones nicenos son inalterables y obligan universalmente
  53. Sesión 53 · Parte 8 · ≈ 6 minCarta 106
  54. Sesión 54 · Parte 8 · ≈ 6 minIV. Los cánones nicenos son de aplicación universal y no han de torcerse a interpretaciones privadas
  55. Sesión 55 · Parte 8 · ≈ 6 minIII. La penitencia solo es segura en esta vida
  56. Sesión 56 · Parte 8 · ≈ 7 minIII. Envía una carta de san Atanasio para mostrar que la herejía actual no es sino un resurgimiento de herejías ya refutadas
  57. Sesión 57 · Parte 8 · ≈ 6 minIII. Pide más información sobre los disturbios en Palestina y en Egipto
  58. Sesión 58 · Parte 8 · ≈ 6 minIV. Aecio debe contentarse por ahora con el favor del Emperador
  59. Sesión 59 · Parte 8 · ≈ 6 minIV. Son vanos los intentos de Anatolio de subvertir las decisiones de Nicea
  60. Sesión 60 · Parte 8 · ≈ 7 minII. La victoria de Cristo ha ganado a muchos para la fe
  61. Sesión 61 · Parte 8 · ≈ 3 minV. La ortodoxia de Teodoreto ha sido feliz y plenamente vindicada
  62. Sesión 62 · Parte 9 · ≈ 7 minCarta 123
  63. Sesión 63 · Parte 9 · ≈ 6 minIII. El reconocimiento de nuestra naturaleza en Cristo es necesario para la ortodoxia
  64. Sesión 64 · Parte 9 · ≈ 6 minVI. No hay confusión de las dos naturalezas en Cristo
  65. Sesión 65 · Parte 9 · ≈ 6 minVIII. Protesta contra su infidelidad e inconsecuencia en esta materia
  66. Sesión 66 · Parte 9 · ≈ 6 minII. Que fortalezca a los fieles con la lectura pública de citas de los Padres sobre la cuestión y del Tomo
  67. Sesión 67 · Parte 9 · ≈ 6 minII. Que se fortalezca en su fe por las santas asociaciones del lugar donde vive
  68. Sesión 68 · Parte 9 · ≈ 6 minII. La propuesta de reconsiderar la cuestión procede del Anticristo o del diablo mismo
  69. Sesión 69 · Parte 9 · ≈ 4 minVI. Promete enviar posteriormente declaraciones más detalladas sobre la fe, y le ruega que corrija ciertas cosas en las que Anatolio es negligente
  70. Sesión 70 · Parte 10 · ≈ 6 minCarta 159
  71. Sesión 71 · Parte 10 · ≈ 7 minVIII. Sobre el bautismo administrado por herejes
  72. Sesión 72 · Parte 10 · ≈ 7 minIV. Debe obligarse a los herejes a renunciar a sus usurpaciones y dejarse al juicio de Dios
  73. Sesión 73 · Parte 10 · ≈ 7 minIV. Si ha de ejercerse la misericordia divina, los herejes deben abandonar por completo el error de sus caminos
  74. Sesión 74 · Parte 10 · ≈ 6 minII. El bautismo administrado por herejes no debe invalidarse con un segundo bautismo
  75. Sesión 75 · Parte 10 · ≈ 6 minCuestión 2
  76. Sesión 76 · Parte 10 · ≈ 6 minCuestión 13
  77. Sesión 77 · Parte 10 · ≈ 5 minIII. No debe accederse a la petición de indulgencia de Timoteo en razón de su ortodoxia

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    TEXTOS — LEÓN MAGNO

    Índice de la obra

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    Cartas (con el Tomo a Flaviano)

    Siglo V · Traducción castellana directa de la versión inglesa de las Nicene and Post-Nicene Fathers30 minPosición: 0% de esta parteParte 2 de 10 · Carta 12Publicado el Actualizado el Ref. ESC-LEO-02

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    1. Sesión 1 · Parte 1 · ≈ 6 minFicha de la obra
    2. Sesión 2 · Parte 1 · ≈ 6 minCarta 1
    3. Sesión 3 · Parte 1 · ≈ 6 minCarta 4
    4. Sesión 4 · Parte 1 · ≈ 7 minCarta 6
    5. Sesión 5 · Parte 1 · ≈ 6 minVI. Los presbíteros y diáconos no deben ser ordenados en días feriales, como tampoco los obispos
    6. Sesión 6 · Parte 1 · ≈ 6 minII. Deben observarse días fijos para la ordenación de presbíteros y diáconos
    7. Sesión 7 · Parte 1 · ≈ 7 minII. Hilario perturba la paz de la Iglesia con su insubordinación
    8. Sesión 8 · Parte 1 · ≈ 6 minV. La actuación de Hilario fue muy reprensible en todo, y hemos restituido a Projecto
    9. Sesión 9 · Parte 1 · ≈ 3 minIX. Leoncio es nombrado en lugar de Hilario
    10. Sesión 10 · Parte 2 · ≈ 8 minCarta 12
    11. Sesión 11 · Parte 2 · ≈ 6 minV. Distingue entre los laicos que han sido elevados al episcopado y los clérigos bígamos, perdonando a aquéllos y no a éstos
    12. Sesión 12 · Parte 2 · ≈ 8 minXI. Las vírgenes forzadas contra su voluntad deben ser tratadas de manera algo distinta de las demás, pero no se les ha de negar la Comunión
    13. Sesión 13 · Parte 2 · ≈ 6 minIII. Han de observarse los derechos de los metropolitanos bajo el vicariato de Anastasio
    14. Sesión 14 · Parte 2 · ≈ 3 minXII. En caso de divergencia de opinión entre el Vicario y los obispos, debe consultarse al obispo de Roma. Expónese la subordinación de las autoridades en la Iglesia
    15. Sesión 15 · Parte 3 · ≈ 6 minCarta 15
    16. Sesión 16 · Parte 3 · ≈ 6 minIII. (2) Refútase su fantasía sobre las virtudes que proceden de Dios
    17. Sesión 17 · Parte 3 · ≈ 7 minVIII. (7) Se condena su rechazo del matrimonio
    18. Sesión 18 · Parte 3 · ≈ 7 minXIV. (13) Se rechaza su fantástica división de las Escrituras
    19. Sesión 19 · Parte 3 · ≈ 6 minEl cuerpo de Cristo descansó realmente en el sepulcro y realmente resucitó
    20. Sesión 20 · Parte 3 · ≈ 7 minIII. Es preciso distinguir una fiesta de otra en cuanto a dignidad y ocasión
    21. Sesión 21 · Parte 3 · ≈ 6 minV. El ejemplo de San Pedro como autoridad para los bautismos de Pentecostés
    22. Sesión 22 · Parte 4 · ≈ 7 minCarta 17
    23. Sesión 23 · Parte 4 · ≈ 6 minII. Los presbíteros que cedieron, que sean degradados con el usurpador al último lugar: los demás conservarán sus puestos
    24. Sesión 24 · Parte 4 · ≈ 6 minIII. Apela a León en busca de protección
    25. Sesión 25 · Parte 4 · ≈ 6 minIII. Se expone la herejía de Eutiques
    26. Sesión 26 · Parte 4 · ≈ 6 minI. Alaba la piedad del Emperador y menciona la apelación de Eutiques
    27. Sesión 27 · Parte 4 · ≈ 9 minIII. Acusa recibo de la carta de León
    28. Sesión 28 · Parte 4 · ≈ 7 minIII. Se exponen la fe y el consejo de Dios acerca de la encarnación del Verbo
    29. Sesión 29 · Parte 4 · ≈ 6 minV. Se prueba por la Escritura que la carne de Cristo es real
    30. Sesión 30 · Parte 4 · ≈ 3 minVI. La concesión errónea y perjudicial de Eutiques. Las condiciones bajo las cuales puede ser readmitido a la comunión. El envío de representantes al Oriente
    31. Sesión 31 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 29
    32. Sesión 32 · Parte 5 · ≈ 7 minIII. De la unión de las dos naturalezas fluye la gracia del bautismo. Hace un llamamiento directo a Pulqueria para que le ayude
    33. Sesión 33 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 33
    34. Sesión 34 · Parte 5 · ≈ 8 minCarta 35
    35. Sesión 35 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 37
    36. Sesión 36 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 42
    37. Sesión 37 · Parte 5 · ≈ 6 minCarta 44
    38. Sesión 38 · Parte 6 · ≈ 6 minCarta 45
    39. Sesión 39 · Parte 6 · ≈ 6 minII. Elogia el celo de León contra los maniqueos y, últimamente, contra el eutiquianismo, como se evidencia especialmente en el Tomo
    40. Sesión 40 · Parte 6 · ≈ 7 minVII. Estando él mismo impedido, ha enviado delegados a defender su causa
    41. Sesión 41 · Parte 6 · ≈ 6 minIII. Perfecto Dios y perfecto hombre se unieron en Cristo
    42. Sesión 42 · Parte 6 · ≈ 6 minV. Se reafirma la verdadera doctrina de la Encarnación y se la encomienda a su custodia
    43. Sesión 43 · Parte 6 · ≈ 6 minCarta 68
    44. Sesión 44 · Parte 6 · ≈ 6 minII. Promete aceptar a Anatolio cuando haga esta confesión y pide un concilio en Italia para definir finalmente la fe
    45. Sesión 45 · Parte 6 · ≈ 5 minCarta 80
    46. Sesión 46 · Parte 7 · ≈ 7 minCarta 82
    47. Sesión 47 · Parte 7 · ≈ 6 minCarta 88
    48. Sesión 48 · Parte 7 · ≈ 6 minII. Les ruega que reafirmen la fe tal como se establece en el Tomo
    49. Sesión 49 · Parte 7 · ≈ 6 minIV. Incluso los autores del daño pueden hallar lugar para el perdón mediante el arrepentimiento
    50. Sesión 50 · Parte 7 · ≈ 7 minIV. Anuncian su decisión de que Constantinopla tenga la precedencia después de Roma, y piden el consentimiento de León
    51. Sesión 51 · Parte 7 · ≈ 7 minII. Consideradas todas las circunstancias, era de esperar que Anatolio mostrase más modestia
    52. Sesión 52 · Parte 7 · ≈ 5 minII. Los cánones nicenos son inalterables y obligan universalmente
    53. Sesión 53 · Parte 8 · ≈ 6 minCarta 106
    54. Sesión 54 · Parte 8 · ≈ 6 minIV. Los cánones nicenos son de aplicación universal y no han de torcerse a interpretaciones privadas
    55. Sesión 55 · Parte 8 · ≈ 6 minIII. La penitencia solo es segura en esta vida
    56. Sesión 56 · Parte 8 · ≈ 7 minIII. Envía una carta de san Atanasio para mostrar que la herejía actual no es sino un resurgimiento de herejías ya refutadas
    57. Sesión 57 · Parte 8 · ≈ 6 minIII. Pide más información sobre los disturbios en Palestina y en Egipto
    58. Sesión 58 · Parte 8 · ≈ 6 minIV. Aecio debe contentarse por ahora con el favor del Emperador
    59. Sesión 59 · Parte 8 · ≈ 6 minIV. Son vanos los intentos de Anatolio de subvertir las decisiones de Nicea
    60. Sesión 60 · Parte 8 · ≈ 7 minII. La victoria de Cristo ha ganado a muchos para la fe
    61. Sesión 61 · Parte 8 · ≈ 3 minV. La ortodoxia de Teodoreto ha sido feliz y plenamente vindicada
    62. Sesión 62 · Parte 9 · ≈ 7 minCarta 123
    63. Sesión 63 · Parte 9 · ≈ 6 minIII. El reconocimiento de nuestra naturaleza en Cristo es necesario para la ortodoxia
    64. Sesión 64 · Parte 9 · ≈ 6 minVI. No hay confusión de las dos naturalezas en Cristo
    65. Sesión 65 · Parte 9 · ≈ 6 minVIII. Protesta contra su infidelidad e inconsecuencia en esta materia
    66. Sesión 66 · Parte 9 · ≈ 6 minII. Que fortalezca a los fieles con la lectura pública de citas de los Padres sobre la cuestión y del Tomo
    67. Sesión 67 · Parte 9 · ≈ 6 minII. Que se fortalezca en su fe por las santas asociaciones del lugar donde vive
    68. Sesión 68 · Parte 9 · ≈ 6 minII. La propuesta de reconsiderar la cuestión procede del Anticristo o del diablo mismo
    69. Sesión 69 · Parte 9 · ≈ 4 minVI. Promete enviar posteriormente declaraciones más detalladas sobre la fe, y le ruega que corrija ciertas cosas en las que Anatolio es negligente
    70. Sesión 70 · Parte 10 · ≈ 6 minCarta 159
    71. Sesión 71 · Parte 10 · ≈ 7 minVIII. Sobre el bautismo administrado por herejes
    72. Sesión 72 · Parte 10 · ≈ 7 minIV. Debe obligarse a los herejes a renunciar a sus usurpaciones y dejarse al juicio de Dios
    73. Sesión 73 · Parte 10 · ≈ 7 minIV. Si ha de ejercerse la misericordia divina, los herejes deben abandonar por completo el error de sus caminos
    74. Sesión 74 · Parte 10 · ≈ 6 minII. El bautismo administrado por herejes no debe invalidarse con un segundo bautismo
    75. Sesión 75 · Parte 10 · ≈ 6 minCuestión 2
    76. Sesión 76 · Parte 10 · ≈ 6 minCuestión 13
    77. Sesión 77 · Parte 10 · ≈ 5 minIII. No debe accederse a la petición de indulgencia de Timoteo en razón de su ortodoxia

    Carta 12

    Carta 12, encabezado

    León, obispo de la ciudad de Roma, a todos los obispos de la Mauritania Cesariense en África, salud en el Señor.

    I. Son reprobables los desordenados nombramientos de obispos que se han hecho en la provincia

    Carta 12, § I

    Como quiera que los frecuentes relatos de quienes nos visitaban mencionaban ciertas prácticas ilícitas entre vosotros en lo tocante a la ordenación de sacerdotes, las exigencias de la religión pedían que nos esforzáramos por llegar al estado exacto del caso conforme a aquella solicitud que por mandato divino dispensamos a toda la Iglesia. Así, pues, encomendamos el cuidado de este asunto a nuestro hermano y copresbítero Potencio, que partía de junto a nosotros; el cual, según lo que le escribimos y dirigimos por su medio, había de indagar los hechos acerca de los obispos cuya elección se decía defectuosa y referirnos fielmente todo. Por lo cual, habiéndonos el mismo Potencio manifestado todo con la mayor claridad, y habiéndonos dado a entender con su veraz relato bajo qué gobernantes y de qué índole están puestas algunas congregaciones de Cristo en ciertas partes de la provincia de Mauritania Cesariense, hemos considerado necesario abrir el dolor con que nuestras almas se angustian por los peligros de las greyes del Señor, enviándoos también esta carta, amadísimos: pues nos sorprende que en tiempo de desorden hayan tenido tanto peso entre vosotros o la conducta insolente de los intrigantes o el tumulto del pueblo, hasta el punto de entregar el supremo pastorado y gobierno de la Iglesia a personas indignísimas y sumamente alejadas de la norma sacerdotal. Esto no es mirar por el bien de los pueblos, sino dañarlo; no es hacer guardar la disciplina, sino aumentar las disensiones. Porque la integridad de los gobernantes es la salvaguardia de los súbditos; y donde hay obediencia cabal, allí es sana la forma de la doctrina. Mas un nombramiento que ha sido hecho por sedición o arrancado por intriga, aunque no peque en la conducta ni en la práctica, es, no obstante, pernicioso por el solo ejemplo de su comienzo; y difícilmente llegan a buen término las cosas que tuvieron mal principio.

    II. En ningún caso se ha de ordenar obispos precipitadamente

    Carta 12, § II

    Pero si en cada grado de la Iglesia ha de emplearse gran previsión y conocimiento, para que no haya nada desordenado ni fuera de lugar en la casa del Señor, ¿con cuánto mayor cuidado debemos esforzarnos por impedir errores en la elección de aquel que está puesto sobre todos los grados? Porque la paz y el orden de toda la casa del Señor se verán sacudidos si lo que se exige en el cuerpo no se halla en la cabeza. ¿Dónde está aquel precepto del bienaventurado apóstol Pablo, pronunciado por el Espíritu de Dios, por el cual en la persona de Timoteo es instruido el número entero de los sacerdotes de Cristo, y a cada uno de nosotros se le dice: «A nadie impongas las manos precipitadamente, ni participes de pecados ajenos []?» Pues ¿qué es imponer las manos precipitadamente sino conferir la dignidad sacerdotal a hombres no probados antes de la edad debida, antes de que haya habido tiempo de ponerlos a prueba, antes de que hayan merecido por su obediencia, antes de que hayan sido probados por la disciplina? Y ¿qué es participar de pecados ajenos sino que el ordenante se haga semejante a aquel que no debió ser ordenado por él? Porque así como uno atesora para sí el fruto de su buena obra si mantiene recto juicio al elegir a un sacerdote, así quien recibe a un sacerdote indigno en el número de sus colegas se inflige a sí mismo grave pérdida. No debemos, pues, pasar por alto en el caso de nadie lo que está establecido en las ordenaciones generales; ni ha de considerarse lícito aquel ascenso que se haya hecho contra los preceptos de la ley de Dios.

    III. El precepto apostólico sobre el matrimonio del clero, fundado en el matrimonio de Cristo con la Iglesia, del cual es figura

    Carta 12, § III

    Pues así como el Apóstol dice que, entre otras reglas para la elección, ha de ser ordenado obispo el que se sabe que ha sido o es «marido de una sola mujer,» siempre se tuvo por tan sagrado este mandato que se entendió debía observarse la misma condición aun en la mujer del elegido para sacerdote, no fuera que ella hubiera estado casada con otro hombre antes de contraer matrimonio con él, aunque él mismo no hubiera tenido otra mujer. Pues ¿quién osaría permitir que se infligiera tal injuria contra tan gran sacramento, viendo que este grande y venerable misterio no carece tampoco del apoyo de los estatutos de la ley de Dios, en la cual se establece claramente que un sacerdote ha de casarse con una virgen, y que la que ha de ser mujer de un sacerdote [] no ha de conocer otro marido? Porque ya entonces en los sacerdotes estaba prefigurado el matrimonio espiritual de Cristo y su Iglesia; de modo que, puesto que «el marido es cabeza de la mujer [],» la esposa del Verbo aprenda a no conocer otro varón sino a Cristo, el cual con razón la eligió a ella sola, a ella sola ama, y a ninguna sino a ella recibe en su alianza. Si, pues, aun en el Antiguo Testamento se observó esta clase de matrimonio entre los sacerdotes, ¿cuánto más hemos nosotros, que estamos puestos bajo la gracia del Evangelio, de conformarnos a los preceptos del Apóstol, de suerte que, aunque se halle a un hombre dotado de buenas costumbres y provisto de obras santas, no pueda en modo alguno ascender ni al grado de diácono, ni a la dignidad del presbiterado, ni a la suprema categoría del episcopado, si se ha divulgado que él mismo no es marido de una sola mujer, o que su mujer no es mujer de un solo marido?

    IV. Deben evitarse los ascensos prematuros

    Carta 12, § IV

    Pero cuando el Apóstol advierte y dice: «que también éstos sean primero probados, y así ministren [],» ¿qué otra cosa creemos que ha de entenderse sino que en estos ascensos hemos de considerar no sólo la castidad de sus matrimonios, sino también los méritos de sus trabajos, para que el oficio pastoral no sea encomendado a hombres recién salidos del bautismo o apartados de repente de los quehaceres mundanos? Porque en todas las filas de la milicia cristiana, en lo tocante a los ascensos, debe considerarse si un hombre puede desempeñar un cargo mayor. Con razón las venerables sentencias de los bienaventurados Padres, al tratar de la elección de los sacerdotes, juzgaban aptos para la administración de las cosas sagradas a aquellos que habían sido promovidos lentamente por los diversos grados del oficio y habían dado tan buenas pruebas de sí en ellos, que en cada uno la índole de sus obras daba testimonio de sus vidas. Pues si es impropio alcanzar las dignidades del mundo sin la ayuda del tiempo y sin el mérito del trabajo, y si la búsqueda de un cargo es censurada a menos que esté apoyada en pruebas de rectitud, ¿con cuánta diligencia y con cuánto cuidado ha de llevarse a cabo la dispensación de los deberes divinos y de las dignidades celestiales, no sea que en algo se violen los decretos apostólicos y canónicos, y el gobierno de la Iglesia del Señor sea confiado a hombres que, ignorando las legítimas constituciones y desprovistos de toda humildad, no quieren ascender desde el grado más bajo, sino comenzar por el más alto? Porque es sumamente injusto y absurdo que los inexpertos sean preferidos a los expertos, los jóvenes a los ancianos, los bisoños a los que han visto largo servicio. En una casa grande, en efecto, como explica el Apóstol, es necesario que haya vasos diversos, unos de oro y de plata, otros de madera y de barro; pero su finalidad varía según la calidad de su materia, y el uso de los preciosos y de los viles no es el mismo. Pues todo estará en desorden si la vasija de barro es preferida a la de oro, o la de madera a la de plata. Y así como los vasos de madera o de barro son figura de aquellos hombres que hasta ahora no descuellan por virtud alguna, así en los vasos de oro o de plata son sin duda representados aquellos que, habiendo pasado por el fuego de una larga experiencia y por el horno de un prolongado trabajo, han merecido ser oro acrisolado y plata pura. Y si tales hombres no reciben recompensa por su entrega, toda la disciplina de la Iglesia se relaja y todo orden se perturba, mientras quienes no han prestado servicio alguno obtienen una promoción inmerecida por la elección torcida del cuerpo elector.

    V. Distingue entre los laicos que han sido elevados al episcopado y los clérigos bígamos, perdonando a aquéllos y no a éstos

    Carta 12, § V

    Puesto que, pues, entre vosotros han tenido tanto peso o los afanes del pueblo o las intrigas de los ambiciosos, que entendemos que no sólo laicos sino aun maridos de segundas mujeres o de viudas han sido promovidos al oficio pastoral, ¿no hay razones clarísimas para exigir que las iglesias en que tales cosas se han hecho sean purificadas con un juicio más severo que el acostumbrado, y que no sólo los propios gobernantes, sino también quienes los ordenaron reciban castigo condigno? Mas de una parte está en nosotros la mansedumbre de la misericordia, y de otra la severidad de la justicia. Y puesto que «todas las sendas del Señor son misericordia y verdad,» nos vemos obligados, conforme a la lealtad debida a la Sede Apostólica, a moderar de tal modo nuestro parecer que pesemos en la balanza las malas acciones de los hombres (pues ciertamente no todas son de una misma medida) y juzguemos algunas en cierto modo perdonables, pero otras enteramente dignas de represión. Porque quienes han contraído segundas nupcias o se han unido en matrimonio con viudas no pueden retener el sacerdocio, ni por la autoridad apostólica ni por la legal; y mucho menos aquel que, según se nos ha referido, es marido de dos mujeres a la vez, o aquel que, repudiado por su mujer, se dice que se casó con otra, suponiendo que tales cargos se prueben a juicio vuestro. Mas a los restantes, cuya promoción sólo incurre en culpa porque han sido elegidos para el oficio episcopal de entre los laicos, y no son culpables en lo tocante a sus mujeres, les permitimos retener el sacerdocio que han recibido, sin perjuicio de los estatutos de la Sede Apostólica y sin quebrantar las reglas de los bienaventurados Padres, cuya saludable ordenanza es que ningún laico, por grande que sea el apoyo que reciba, ascienda al primero, segundo o tercer grado de la Iglesia hasta alcanzar aquel puesto por los pasos legítimos. Pues lo que ahora toleramos que sea en cierto modo venial no podrá en adelante quedar impune, si alguien perpetra lo que del todo prohibimos; porque el perdón de un pecado no concede licencia para obrar mal, ni será lícito repetir con impunidad una ofensa que en parte ha sido perdonada.

    VI. Donato, novaciano convertido, y Máximo, ex donatista, son mantenidos en su oficio episcopal

    Carta 12, § VI

    Queremos que Donato de Salacia, quien, según sabemos, se ha convertido de los novacianos con su pueblo, presida la grey del Señor, a condición de que recuerde que ha de enviarnos un testimonio de su fe, en el cual no sólo condene el error del dogma novaciano, sino que confiese sin reservas la verdad católica. Asimismo, a Máximo, aunque haya sido ordenado culpablemente siendo laico, si ya no es donatista y ha abjurado del espíritu de depravación cismática, no lo deponemos de la dignidad episcopal, que ha obtenido irregularmente, a condición de que se declare católico redactando un testimonio para nosotros.

    VII. El caso de Ágaro y Tiberiano (ordenados con tumulto) se remite a los obispos

    Carta 12, § VII

    Mas en cuanto a Ágaro y Tiberiano, cuyo caso difiere del de los otros que fueron ordenados de entre los laicos en esto: en que se dice que su ordenación estuvo acompañada de violentos tumultos y salvajes disturbios, hemos confiado todo el asunto a vuestro juicio, para que, apoyándonos en vuestra investigación del caso, podamos saber qué decidir acerca de ellos.

    VIII. Las doncellas que han padecido violencia no han de compararse con las demás

    Carta 12, § VIII

    Aquellas siervas de Dios que han perdido su castidad por la violencia de los bárbaros serán tanto más dignas de alabanza en su humildad y pudor, si no se atreven a compararse con las vírgenes sin mancilla. Porque aunque todo pecado nace del deseo, y la voluntad haya podido permanecer invicta y sin contaminarse por la caída de la carne, con todo, les será de menor detrimento si se duelen de haber perdido, aun en el cuerpo, lo que no perdieron en el espíritu.

    IX. Estas disposiciones deben cumplirse sin espíritu de contienda

    Carta 12, § IX

    Así, pues, ahora que os veis, amadísimos, plenamente instruidos por medio de David, nuestro hermano y coobispo, que nos es aprobado tanto por su conducta personal como por su mérito sacerdotal, sobre [casi] todos los puntos que contenía la relación de nuestro hermano Potencio, resta, hermanos, que recibáis armoniosamente nuestras saludables exhortaciones y que, no haciendo nada por rivalidad, sino obrando unánimemente con entera devoción y celo, obedezcáis la constitución de Dios y de sus Apóstoles, y en nada permitáis que se violen los bien meditados decretos de los cánones. Pues lo que ahora, por la consideración de ciertas razones, hemos atenuado, debe en adelante guardarse según las reglas antiguas, no sea que lo que en esta ocasión hemos concedido con misericordiosa lenidad hayamos de castigarlo después con castigo condigno, actuando con especial y directo vigor contra aquellos que en la ordenación de obispos han descuidado los estatutos de los santos Padres y han consagrado a hombres a quienes debieron rechazar. Por lo cual, si algunos obispos han consagrado como sacerdote a quien no debía serlo, aun cuando en alguna medida hayan escapado a la pérdida de su dignidad personal, no tendrán sin embargo en adelante derecho de ordenar, ni estarán jamás presentes en aquel sacramento que, descuidando el juicio de Dios, confirieron indebidamente.

    X. Es inconveniente y debe cesar el nombramiento de obispos para lugares demasiado pequeños

    Carta 12, § X

    Aquello, ciertamente, que atañe a la dignidad sacerdotal queremos que se observe en común con todos los estatutos de los cánones, a saber: que no se consagren obispos en cualquier lugar ni en ninguna aldea, ni donde no los ha habido antes; porque donde los rebaños son pequeños y pequeñas las congregaciones, puede bastar el cuidado de los presbíteros, mientras que la autoridad episcopal debe presidir sólo rebaños más numerosos y ciudades más populosas; no sea que, contra los decretos divinamente inspirados de los santos Padres, el oficio sacerdotal sea asignado a aldeas y predios rústicos, o a municipios oscuros y escasamente poblados, y la posición de honor, a la cual sólo deberían darse los cargos más importantes, sea tenida en menos por el número mismo de los que la ostentan. Y esto ha referido el obispo Restituto que se ha hecho en su propia diócesis, y con razón ha pedido que, cuando los obispos de aquellos lugares donde no debieron ser ordenados mueran de muerte natural, los lugares mismos reviertan a la jurisdicción del mismo prelado a quien antes pertenecieron y a la que estaban vinculados. Pues ciertamente es inútil que la dignidad sacerdotal se vea disminuida por las superfluas multiplicaciones del oficio debidas a la complacencia inconsiderada del ordenante.

    XI. Las vírgenes forzadas contra su voluntad deben ser tratadas de manera algo distinta de las demás, pero no se les ha de negar la Comunión

    Carta 12, § XI

    Ahora bien, acerca de aquellas que, habiendo hecho santo voto de virginidad [como dijimos arriba, cap. viii], han sufrido la violencia de los bárbaros y han perdido su pureza inmaculada no en espíritu sino en cuerpo, consideramos que debe observarse tal moderación que ni sean degradadas al rango de viudas ni se las cuente en el número de las vírgenes santas e inmaculadas; sin embargo, si perseveran en la vida virginal y guardan en corazón y mente la realidad de la castidad, no se les ha de negar la participación en los sacramentos, porque es injusto que sean acusadas o marcadas por lo que sus deseos no entregaron, sino que fue arrebatado por la violencia de los enemigos.

    XII. El asunto de Lupicino se trata en parte aquí y en parte se remite a ellos

    Carta 12, § XII

    Ordenamos también que el caso del obispo Lupicino sea oído allí, pero ante sus urgentes y frecuentes súplicas lo hemos restaurado a la comunión por esta razón: que, habiendo apelado a nuestro juicio, vimos que, mientras el asunto estaba pendiente, había sido suspendido de la comunión sin merecerlo. Además, hay también esto: que fue claramente temerario ordenar a uno por encima de su cabeza, que no debía haber sido ordenado hasta que Lupicino, habiendo comparecido ante vosotros o sido convicto, o al menos habiendo confesado, tuviera oportunidad de someterse a una sentencia justa, de modo que, según las exigencias de la disciplina eclesiástica, el que fuera consagrado recibiera su puesto vacante.

    XIII. Todas las disputas han de resolverse primero en el lugar y luego remitirse a la Sede Apostólica

    Carta 12, § XIII

    Pero siempre que surjan otros casos que conciernan al estado de la Iglesia y a la armonía de los sacerdotes, deseamos que primero sean examinados por vosotros en el temor del Señor, y que se nos envíe una relación completa de todos los asuntos resueltos o que necesiten resolución, para que aquellas cosas que hayan sido decididas adecuada y razonablemente, según el uso de la Iglesia, reciban también nuestra sanción corroborante. Dado el 10 de agosto.

    Carta 14

    Carta 14, encabezado

    León, obispo de la Ciudad de Roma, a Anastasio, obispo de Tesalónica.

    I. Prefacio

    Carta 14, § I

    Si con verdadero razonamiento percibieras todo lo que te ha sido confiado, hermano, por la autoridad del bienaventurado apóstol Pedro, y lo que también se te ha encomendado por nuestro favor, y lo ponderaras con justicia, podríamos alegrarnos grandemente de tu celo en el cumplimiento de la responsabilidad que se te ha impuesto.

    II. Se reprende a Anastasio por exceder los límites de su vicariato, especialmente en su trato violento e indigno hacia Ático

    Carta 14, § II

    Puesto que, como mis predecesores actuaron con los tuyos, así también yo, siguiendo su ejemplo, he delegado mi autoridad en ti, amadísimo: para que, imitando nuestra mansedumbre, nos asistas en la solicitud que por institución divina debemos principalmente a todas las iglesias, y en cierta medida suplas nuestra presencia personal al visitar aquellas provincias que están lejos de nosotros: pues te sería fácil, mediante inspecciones regulares y oportunas, discernir qué asuntos y en qué casos podrías, o bien resolver por tu propia influencia, o bien reservar a nuestro juicio. Pues, así como te era lícito suspender los asuntos más importantes y las cuestiones más difíciles mientras esperabas nuestra opinión, no había razón ni necesidad de que te salieras de tu camino para decidir lo que estaba más allá de tus facultades. Porque tienes numerosas advertencias escritas nuestras en las que a menudo te hemos instruido a ser moderado en todas tus acciones: para que con amorosas exhortaciones muevas a las iglesias de Cristo que te han sido encomendadas a una obediencia saludable. Porque aunque, por regla general, entre hermanos descuidados o perezosos existen cosas que exigen mano firme para corregirlas, la corrección debe aplicarse de tal modo que siempre se conserve inviolable el amor. Por lo cual, también el bienaventurado apóstol Pablo, al instruir a Timoteo sobre el gobierno de la Iglesia, dice: «Al anciano no lo reprendas, sino exhórtalo como a padre; a los jóvenes, como a hermanos; a las ancianas, como a madres; a las jovencitas, como a hermanas, con toda pureza [].» Y si esta moderación se debe, por precepto del Apóstol, a todos y cada uno de los miembros inferiores, ¿cuánto más ha de pagarse sin ofensa a nuestros hermanos y coobispos? Para que, aunque a veces sucedan cosas que hayan de reprenderse en las personas de los sacerdotes, la bondad tenga más efecto sobre los que han de ser corregidos que la severidad; la exhortación más que la perturbación; el amor más que el poder. Pero los que «buscan lo suyo propio, no lo que es de Jesucristo [],» fácilmente se apartan de esta ley, y hallando placer más en dominar a sus súbditos que en consultar sus intereses, se hinchan con el orgullo de su posición, y así lo que se proveyó para asegurar la armonía sirve para el mal. Que nos veamos obligados a hablar así nos causa no pequeño dolor. Pues me siento en cierta medida arrastrado a la culpa, al descubrir que te has apartado tan desmedidamente de las reglas que te fueron transmitidas. Si descuidabas tu propia reputación, al menos debías haber salvado mi buen nombre: no sea que lo que solo tu propia mente te sugirió parezca hecho con nuestra aprobación. Lee, hermano, con cuidado nuestras páginas, y examina todas las cartas enviadas por los titulares de la Sede Apostólica a tus predecesores, y encontrarás mandatos, ya míos, ya de mis predecesores, sobre aquello en lo que sabemos que has osado.
    Pues ha venido a nosotros nuestro hermano Ático, obispo metropolitano de Epiro Viejo, con los obispos de su provincia, y con súplicas llorosas se ha quejado de la afrenta inmerecida que ha sufrido, en presencia de tus propios diáconos, quienes, al no contradecir estas lamentables quejas, mostraron que lo que se nos había hecho saber no carecía de verdad. Leemos también en tu carta, que esos mismos diáconos tuyos trajeron, que el hermano Ático había venido a Tesalónica, y que también había sellado su acuerdo en una profesión escrita, de modo que no podíamos sino entender, respecto de él, que había venido por su propia voluntad y libre devoción, y que había compuesto la declaración de su promesa de obediencia, aunque en la sola mención de esta declaración se delataba una señal de injuria. Pues no era necesario que quedase atado por escrito quien ya probaba su obediencia con la misma diligencia de su venida voluntaria. Por lo cual, estas palabras de tu carta daban testimonio de los lamentos del susodicho, y mediante su relato franco se descubre lo que se había pasado en silencio, a saber: que se había acudido a la Prefectura de Iliria, y que se había puesto en movimiento al funcionario más exaltado entre los potentados del mundo para exponer a un prelado inocente: de modo que se envió una compañía para llevar a cabo el horrendo hecho, que debía enrolar a todos los servidores públicos para dar efecto a sus órdenes, y del santo santuario de la iglesia, acusado de ningún crimen o a lo sumo de uno falso, fue arrastrado un sacerdote, a quien no se le concedió tregua alguna en consideración de su grave enfermedad o del crudo tiempo invernal: sino que fue obligado a emprender un viaje lleno de penalidades y peligros a través de nieves intransitables. Y esta fue una tarea de tal fatiga y peligro que se dice que algunos de los que acompañaron al obispo sucumbieron.
    Estoy absolutamente atónito, amadísimo hermano, y además profundamente afligido de que te hayas dejado llevar tan salvaje y violentamente contra uno acerca del cual no habías presentado más información que la de que, al ser citado para comparecer, se excusó alegando enfermedad; especialmente cuando, aun si mereciera tal trato, deberías haber esperado a que yo respondiera a tu carta de consulta. Pero, según percibo, pensaste demasiado bien de mis costumbres, y previste con toda verdad cuán ecuánime respuesta era probable que yo diera para preservar la armonía entre los sacerdotes: y por eso te apresuraste a llevar a cabo tus acciones sin ocultamiento, no fuera que, al recibir la carta de nuestra indulgencia dictando otro curso, no tuvieras licencia para hacer lo que está hecho. ¿O acaso algún crimen había llegado a tus oídos, y siendo tú obispo metropolitano, el peso de alguna nueva acusación te apremiaba? Pero que esto no es coherente con los hechos, tú mismo lo aseguras al no presentar nada contra él. Sin embargo, aun si hubiera cometido alguna falta grave e intolerable, deberías haber esperado nuestra opinión: de modo que no llegaras a decisión alguna por ti mismo hasta conocer nuestro parecer. Porque te hicimos nuestro vicario, amadísimo, en el entendido de que estabas comprometido a compartir nuestra responsabilidad, no a tomar plenos poderes por ti mismo. Por lo cual, así como lo que cuidas con piedad nos deleita mucho, así tus actos injustos nos afligen gravemente. Y tras la experiencia en muchos casos, debemos mostrar mayor previsión y usar precaución más diligente: a fin de que mediante el espíritu de amor y paz se elimine toda materia de ofensa de las iglesias del Señor, que te hemos encomendado: reteniéndose la preeminencia de tu obispado en las provincias, pero cercenándose todos tus excesos usurpadores.

    III. Han de observarse los derechos de los metropolitanos bajo el vicariato de Anastasio

    Carta 14, § III

    Por tanto, según los cánones de los santos Padres, que han sido redactados por el Espíritu de Dios y consagrados por la reverencia del mundo entero, decretamos que los obispos metropolitanos de cada provincia sobre la que se extiende tu solicitud, hermano, por nuestra delegación, conserven intactos los derechos de su cargo que les han sido transmitidos desde tiempos antiguos: pero con la condición de que no se aparten de las normas vigentes por descuido o arrogancia.

    IV. Se determinan las condiciones negativas de un obispo

    Carta 14, § IV

    En las ciudades cuyos gobernantes han muerto, obsérvese esta norma al cubrir su puesto: el que ha de ser ordenado, aunque no esté atestiguada su buena vida, no será laico, ni neófito, ni marido de segunda esposa, ni quien, teniendo o habiendo tenido una sola, se casó con una viuda. Porque la elección de los sacerdotes es de tan suma importancia que cosas que en otros miembros de la Iglesia no son censurables, se consideran, sin embargo, ilícitas en ellos.

    V. Se exige continencia incluso a los subdiáconos

    Carta 14, § V

    Pues aunque los que no están dentro de las filas del clero son libres de gozar de la compañía del matrimonio y de la procreación de hijos, sin embargo, para mostrar la pureza de la continencia completa, ni siquiera a los subdiáconos se les permite el matrimonio carnal: que «tanto los que tienen, como si no tuvieran,» y los que no tienen, permanezcan solteros. Pero si en este orden, que es el cuarto desde la Cabeza, esto es digno de observarse, cuánto más ha de guardarse en el primero, segundo o tercero, no sea que se considere apto para los oficios del diácono o la posición honorable del presbítero, o la preeminencia del obispo, a quien se descubre que aún no ha refrenado sus deseos conyugales.

    VI. La elección de un obispo debe hacerse conforme a los deseos del clero y del pueblo

    Carta 14, § VI

    Cuando, pues, se emprende la elección del sumo sacerdote, sea preferido a todos aquel a quien exige el consentimiento unánime del clero y del pueblo; pero si los votos se dividieran entre dos personas, el juicio del metropolitano deberá preferir a aquel que sea apoyado por la preponderancia de votos y méritos: solo que nadie sea ordenado contra los deseos expresos del lugar: no sea que una ciudad desprecie u odie a un obispo que no eligió, y lamentablemente se aparte de la religión por no habérsele permitido tener a quien deseaba.

    VII. Los metropolitanos deben remitir al vicario; se establece el modo de elegir a los metropolitanos

    Carta 14, § VII

    Sin embargo, el obispo metropolitano debe remitir a ti, hermano, lo relativo a la persona que ha de ser consagrada obispo, y al consentimiento del clero y del pueblo: y debe informarte de los deseos de la provincia: de modo que la debida celebración de la ordenación sea fortalecida también por tu autoridad. Pero tratándose de elecciones justas, será tu deber no causar demora ni obstáculo, no sea que los rebaños del Señor permanezcan demasiado tiempo sin el cuidado de su pastor.
    Además, cuando un metropolitano ha fallecido y otro ha de ser elegido en su lugar, los obispos de la provincia deben reunirse en la ciudad metropolitana: para que, tras examinar los deseos de todos los clérigos y de todos los ciudadanos, se elija al mejor de entre los presbíteros de esa misma iglesia o de entre los diáconos, y se te informe de su nombre por los sacerdotes de la provincia, quienes cumplirán los deseos de sus partidarios tras constatar que estás de acuerdo con su elección. Pues aunque deseamos que las elecciones justas no sean obstaculizadas por demora alguna, no permitimos que nada se haga presuntuosamente sin tu conocimiento.

    VIII. Los obispos han de celebrar concilios provinciales dos veces al año

    Carta 14, § VIII

    Sobre los concilios de obispos no damos otras instrucciones que las establecidas para la salud de la Iglesia por los santos Padres: a saber, que se celebren dos reuniones al año, en las que se juzgue sobre todas las quejas que suelen surgir entre los diversos rangos de la Iglesia. Pero si por casualidad entre los propios gobernantes surgiera una causa (lo que Dios no permita) relativa a uno de los pecados mayores, tal que no pueda decidirse mediante un juicio provincial, el metropolitano cuidará de informarte, hermano, sobre la naturaleza de todo el asunto, y si, después de que ambas partes hayan comparecido ante ti, el asunto no se resolviera ni siquiera con tu juicio, sea lo que fuere, trasládese a nuestra jurisdicción.

    IX. Se ha de prohibir el traslado de una sede a otra

    Carta 14, § IX

    Si algún obispo, despreciando la insignificancia de su ciudad, intrigara por el gobierno de un lugar más populoso y se trasladara por cualquier medio a una grey mayor, será primero expulsado de la cátedra que ha usurpado, y además será privado de la suya propia: así no presidirá ni sobre aquellos que por su codicia codició, ni sobre aquellos que por su arrogancia despreció. Por tanto, conténtese cada uno con sus propios límites, y no busque ser elevado por encima de los límites de su cargo actual.

    X. Los obispos no han de atraer ni recibir a los clérigos de otra diócesis

    Carta 14, § X

    Ningún obispo acepte ni invite a un clérigo de otra diócesis contra la voluntad de su propio obispo: sino solo cuando quien lo da y quien lo recibe convengan en ello mediante pacto amistoso. Porque es culpable de grave injuria quien se atreve a atraer o retener de la iglesia de un hermano aquello que es de gran utilidad o alto valor. Y así, si tal cosa sucediera dentro de la provincia, el metropolitano obligará al clérigo desertor a volver a su iglesia: pero si se ha retirado aún más lejos, será llamado de vuelta por tu mandato autoritativo: de modo que no quede ocasión alguna ni para el deseo de ganancia ni para la intriga.

    XI. Cuando el vicario requiera una reunión de obispos, bastarán dos de cada provincia

    Carta 14, § XI

    Al convocar a los obispos a tu presencia, deseamos que muestres gran indulgencia: no sea que bajo apariencia de mucha diligencia parezcas regodearte en las injurias de tus hermanos. Por lo cual, si surgiera algún caso mayor para el que sea razonable y necesario convocar una reunión de hermanos, bastará, hermano, que asistan dos obispos de cada provincia, a quienes los metropolitanos consideren oportuno enviar, en el entendido de que los que respondan a la convocatoria no sean detenidos más de quince días desde el tiempo fijado.

    XII. En caso de divergencia de opinión entre el Vicario y los obispos, debe consultarse al obispo de Roma. Expónese la subordinación de las autoridades en la Iglesia

    Carta 14, § XII

    Mas si en aquello que creíste necesario discutir y resolver con los hermanos, su parecer difiere de tus propios deseos, remítasenos todo, con las actas de vuestras deliberaciones atestiguadas, para que se despejen todas las ambigüedades y se decida lo que agrada a Dios. Pues a este fin dirigimos todos nuestros deseos y afanes, que lo que conduce a nuestra unidad armoniosa y a la salvaguardia de la disciplina no sea estropeado por disensión alguna ni descuidado por negligencia alguna. Por tanto, amadísimo hermano, a ti y a aquellos hermanos nuestros que se sienten ofendidos por tu conducta desmedida (aunque el motivo de queja no sea el mismo para todos), os exhortamos y amonestamos a no turbar con disputa alguna lo que ha sido justamente ordenado y sabiamente resuelto. Que nadie «busque lo suyo, sino lo del otro,» como dice el Apóstol: «Cada uno de vosotros procure agradar a su prójimo en lo bueno, para edificación.» Porque la trabazón de nuestra unidad no puede ser firme si no estamos ligados por el vínculo del amor en una solidez inseparable: porque «así como en un solo cuerpo tenemos muchos miembros, pero no todos los miembros tienen la misma función; así nosotros, siendo muchos, somos un solo cuerpo en Cristo, y todos miembros unos de otros.» La conexión del cuerpo entero hace a todos igualmente sanos, a todos igualmente hermosos: y esta conexión exige ciertamente la unanimidad del cuerpo entero, pero especialmente pide armonía entre los sacerdotes. Y aunque tienen una dignidad común, no tienen sin embargo un rango uniforme; pues aun entre los bienaventurados Apóstoles, no obstante la semejanza de su honrosa condición, hubo cierta distinción de poder, y aunque la elección de todos fue igual, a uno le fue dado tomar la delantera sobre los demás. De este modelo ha surgido también una distinción entre los obispos, y por una importante ordenación se ha provisto que nadie pretenda todo para sí: sino que haya en cada provincia uno cuyo parecer tenga prioridad entre los hermanos; y además que ciertos, cuyo nombramiento está en las ciudades mayores, asuman una responsabilidad más plena, por medio de los cuales el cuidado de la Iglesia universal converja hacia la única sede de Pedro, y nada en parte alguna quede separado de su Cabeza. No se queje, pues, quien sabe que ha sido puesto sobre otros, de que alguien haya sido puesto sobre él; antes rinda él mismo la obediencia que exige de ellos: y así como no desea llevar una pesada carga de bagaje, no se atreva a poner sobre hombros ajenos un peso insoportable. Porque somos discípulos del Maestro humilde y manso que dice: «Aprended de mí, que soy manso y humilde de corazón, y hallaréis descanso para vuestras almas. Porque mi yugo es suave y mi carga ligera [].» ¿Y cómo experimentaremos esto, a menos que venga también a nuestra memoria lo que dice el mismo Señor: «El que es mayor entre vosotros, sea vuestro servidor. Mas el que se ensalza, será humillado; y el que se humilla, será ensalzado.»
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